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Entendiendo una cuenta corriente II




Como una cuenta corriente era algo bastante complicado, con muchos detallitos que contar, habíamos decidido dividir el artículo dedicado a ellas en dos partes. En la primera parte del artículo contamos algo sobre su número identificativo, su titularidad y las operaciones más habituales, junto con sus peculiares fechas e operación y valor, y los efectos sobre el saldo.

En este artículo terminamos de describir las peculiaridades de nuestras buenas amigas: las cuentas corrientes.

Como en el anterior, este artículo está escrito fundamentalmente por Macluskey, viejo bancario en desuso, mientras que J hace de editor, por más que al pie del artículo ponga que el autor es J.

Tipos de interés y Extratipos

Toda cuenta corriente (y cartilla de ahorro, etc) tiene asociado un tipo de interés al que se liquidarán los intereses que genere dicha cuenta. El que hoy en día en la gran mayoría de los casos este tipo de interés sea cero pelotero, y que por lo tanto no se liquidan intereses de ningún tipo, no quiere decir que no exista un tipo de interés asociado a nuestra cuenta. Bueno, en realidad hay, al menos, dos tipos de interés: el tipo acreedor, que aplicará a los saldos que la cuenta presente a nuestro favor, y el tipo deudor, que aplicará a los saldos a favor del banco que presente la cuenta (cuando esté en números rojos… si es que nos dejan). Mientras que el tipo acreedor suele ser cero o muy próximo a cero (0,01%; 0,001% y cosas así), el tipo deudor es altísimo, en los límites de la usura: 18%, 22%… hasta el 27% ha llegado a ver el autor en algún caso. De ahí lo importante que es saldar nuestras posibles deudas con el banco y eliminar los números rojos lo antes posible: por lo elevado del tipo de interés que nos costará el crédito… comisiones aparte.

También es posible negociar con el banco un extratipo (o que el banco te lo ofrezca; ahora mismo es posible encontrar bancos por internet con ofertas de extratipos… disfrazadas de lagarterana, eso sí). Un extratipo será un tipo de interés mayor que el normal que aplicará a los saldos que superen una cierta cantidad. Muy normal este tipo de ofertas en los últimos tiempos en la banca por internet: “Si supera Vd. el saldo que tenía el día tal y tal, le damos el 3% de la cantidad que supere dicho saldo durante tres meses…“. Por ejemplo, puedes negociar con el ínclito Banco Molocos que, si tu cuenta supera un saldo de 20.000€, ese saldo que supere esa cantidad te lo remunere al 2%, en vez de al 0,01%. Si tienes en un momento determinado un saldo de 25.000€, los primeros 20.000€ estarán remunerados al 0,01%, y los 5.000€ restantes, al 2%.

Con todo esto, parece que la liquidación de intereses de una cuenta corriente es un verdadero follón, ¿no es cierto? Bueno, sí que lo es, pero tampoco es para tanto. Con una sencilla hoja electrónica puedes calcular los intereses que te va a pagar/cobrar el banco, siempre que apuntes cuidadosamente los movimientos… y sepas qué tipos de interés te aplica, cosa en ocasiones nada sencilla de averiguar. Vamos con la liquidación, pues.

Liquidación de intereses

Bueno, ya sabéis que para calcular los intereses de cualquier instrumento financiero, no hay más que el carrete… aquello de “CApital por dito por TiEmpo dividido por 100″, y todo lo demás se deriva de él. Aquí tenemos, pues, la famosa fórmula:

Así que usaremos el ubicuo carrete para calcular los intereses de nuestra cuenta. Únicamente hay que tener en cuenta que los saldos de las cuentas varían de día en día, por lo que habrá que utilizar la fórmula del carrete no para el cálculo de intereses anuales, que es la que hemos puesto arriba, sino para el cálculo de intereses diarios, es decir, Capital por Rédito por Tiempo dividido por 36.500… o 36.600, si el año es bisisesto. Es decir, la fórmula realmente utilizada será:

En ella, el Tiempo está expresado en días, en lugar de en años, que es lo que hace la fórmula original[1].

Una Cartilla de Ahorro, como eran en los años 50

Primero, un poco de historia… Permitidme que aquí vuelva a poner la entrañable, al menos para mí, imagen de una cartilla de ahorros de los años cincuenta… ¡Es simplemente preciosa!

Remontémonos en el tiempo… cincuenta o más años atrás, sin ordenadores… Las liquidaciones de intereses se hacían a mano, o, como mucho, con alguna calculadora mecánica o electromecánica, y además se hacían el mismo día, típicamente cada seis meses, para todas las cuentas de cada oficina. Aunque los empleados de banca de aquella época sabían un montón de banca[2], era materialmente imposible calcular los intereses de todas las cuentas y cartillas de ahorro en un solo día. Por lo tanto, había que buscar algún truco para poder ir adelantando trabajo y tener buena parte de la liquidación preparada para el día D.

Para facilitar la tarea a los pobres bancarios, las cartillas de ahorro, lo más usado con diferencia en la época, sólo permitían tener dos fechas de valor en el mes: el día 1 y el día 16. A todos los ingresos que se hacían en una quincena se les asignaba como fecha de valor el primer día de la quincena siguiente, mientras que a todos los adeudos hechos en una quincena, se les asignaba como fecha de valor el primer día de la quincena en curso. Sí, pasaban todas esas cosas que os imagináis ya, como que si ingresabas mil pesetas el día uno del mes y las sacabas el día treinta… no te devengaba ni un céntimo de intereses, y si las sacabas el día quince en lugar del treinta… ¡encima había que pagar![3] Ahora las cartillas funcionan prácticamente igual que las cuentas corrientes, al menos yo no sé qué diferencia puede haber.

Para resolver el problema de la liquidación de intereses, se inventaron no uno, sino tres métodos de liquidación que permitían ir precalculando los datos conforme se iban produciendo los movimientos a lo largo del periodo a liquidar (típicamente, esos seis meses). Esos métodos recibieron el nombre de “método directo“, “método indirecto” y “método hamburgués“. Cada uno tenía sus pequeñas ventajas e inconvenientes, pero, con el advenimiento de los ordenadores, prácticamente todos los bancos se pasaron al método hamburgués, que es el que usan ahora para liquidar… aunque ya casi nadie lo sabe. Los empleados de banca han cambiado mucho en treinta años. Así que voy a explicar aquí cómo funciona el método hamburgués, dejando de lado los ya obsoletos métodos directo e indirecto.

Y lo voy a hacer en diferentes puntos que intentaré dejar claros, antes de ver un ejemplo que ayude a comprender el proceso. Después, os dejaré una hoja Excel que va calculando la liquidación de una cuenta conforme se producen los movimientos, por si es de utilidad.

Primero de todo, veamos un ejemplo que nos ayude a fijar los conceptos conforme los vamos explicando. Y anticipo que, aunque parezca un alambicado método extraño, todo el método se basa, como de costumbre, en la aplicación del omnipresente Carrete, no hay nada más… únicamente se buscan atajos para hacer más operativa la liquidación de intereses, ayer y hoy. Más adelante del artículo, una vez explicado el método, incidiré en demostrar que no hay nada raro en él, y que es exactamente lo mismo que la fórmulita de siempre.

Bien, veamos el ejemplo:

Extracto de Cuenta de Ejemplo

Vemos que la última liquidación de intereses se debió hacer el día 28 de febrero de 2010, donde la cuenta quedó con un saldo de 1.000,00€. Durante marzo no ha tenido movimiento alguno, y luego en abril y mayo tuvo una serie de movimientos muy normales. Como podéis observar, la cuenta jamás ha estado en números rojos, ha recibido ingresos, pagado recibos, hecho transferencias, ingresado cheques de otra entidad… lo normal, vaya. Como ya sabemos los intríngulis de las fechas de valor, podemos deducir que, por ejemplo, el ingreso en efectivo del día 1 de abril se hizo después de las once, mientras que el del día 8 de mayo, se hizo antes…

Bueno, supongamos ahora que la cuenta se liquida trimestralmente, por lo que se liquida el día 31 de mayo (ya no tuvo más movimientos desde el día 20 hasta el 31), e iremos diciendo las cosas que le pasan a la cuenta según avanzamos.

Procedamos, pues, a describir el método hamburgués:

Uno: Los movimientos se liquidan según su fecha de valor. Es decir, se ordenan por fecha de valor, no de operación, y para todos los cálculos se usa la fecha de valor. Ya sabes, si has hecho un ingreso de 1.000€ hoy, pero después de las once de la mañana, la fecha en que comenzarán a devengar intereses esos 1.000€ es mañana (el siguiente día hábil, en realidad). O sea, para el cálculo de intereses la fecha de operación es irrelevante y se ignora. Por lo tanto, el primer paso es ordenar los movimientos a liquidar por fecha de valor.

Dos: Una vez ordenados de tal guisa, se calculan ahora las diferentes fechas en que ha habido movimientos, con los saldos resultantes. Ni que decir tiene que el primer saldo del periodo será el “Saldo anterior”, que mantendrá el saldo final del periodo de liquidación anterior, y sobre él se van sumando o restando los movimientos, según sean ingresos o pagos, para dar origen a los nuevos saldos. Obtenidas las fechas con movimiento, ahora se calculan cuántos días ha estado vigente cada saldo… por valoración, desde luego. El resultado hasta este punto de nuestro extracto de liquidación de ejemplo sería el siguiente:

Extracto ordenado por Fecha de Valor

¡Caramba! Ahora resulta que sí que hemos estado deudores por fecha de valor… en la oficina nos dejaron llevarnos esos 2.000€  el día 15 de abril, a pesar de que como el cheque lo entregamos el día 14, no teníamos disponibles los fondos hasta el día siguiente, el 16… ¡Qué amables! Esperemos que no nos cueste mucho dinero el favor de dejarnos deudores un único día… ahora veremos.

Tres: Para ayudar a la realización de la liquidación, se calculan los números comerciales. Esto no es más que ir adelantando camino, pues los números comerciales se calculan como el saldo, multiplicado por el número de días que está vigente y dividido por cien. Por ejemplo, el día 20 de abril había un saldo de 10.700€, y el siguiente movimiento es el día 25, por lo que ese saldo está vigente cinco días; en este caso los números correspondientes a ese saldo son 10.700 (el propio saldo) multiplicado por 5 (los días que está vigente) y dividido por 100, es decir, 535 números. Esto es lo que queda (la fórmula general y la particular del caso anterior):

Después, los números comerciales correspondientes a cada saldo se van sumando todos juntos, y darán origen a los números comerciales finales del periodo.

Cuatro: No hay un solo tipo de números comerciales. Hay uno por cada tipo de saldo; siempre hay al menos dos, uno para recoger los saldos acreedores y otro para los saldos deudores. Cuando una cuenta está en números rojos[4] los números que genera no restan de los números comerciales acreedores, es decir, los que generan los saldos positivos, sino que incrementan su propia suma de números comerciales deudores. La razón es que cada uno de estos números comerciales se liquida luego a tipos diferentes… muy diferentes. En el caso de tener concertados extratipos, habrá además unos números comerciales adicionales que recogerán los excesos de saldo sobre la cantidad pactada[5]. De hecho, cualquier programa de liquidación de cuentas de un banco o caja de ahorros normal mantiene al menos diez o doce tipos de números comerciales diferentes, para abarcar todos los posibles tipos de cuenta que un banco tiene que liquidar y sus diferentes características y tipología. Pero tranquilos, que del resto no vamos a hablar: con tres tenemos más que suficiente.

Vamos a ver cómo queda nuestro hermoso extracto una vez calculados y sumados los números comerciales. Supondremos que hemos negociado con el banco que, si nuestra cuenta supera los 10.000€ de saldo, nos aplicará un tipo de interés muy especial, así que tendremos que considerar los tres tipos de números comerciales.

Extracto con números

Bueno, como hay unos días, desde el 16 al 25 de abril, en que la cuenta superó los 10.000€ de saldo, tenemos derecho a que se nos aplique el extratipo sobre esos 183 números… ¡nos vamos a forrar! Y con tan solo 13 míseros números deudores, seguro que no es tan terrible, porque además tenemos muchísimos más números acreedores, 2.074 nada menos (160 veces más que los números deudores), por lo que, lo dicho, seguro que nos forramos… Vamos a ver cómo sigue el asunto.

Cinco: Al llegar el día de la liquidación, el 31 de mayo en nuestro ejemplo, tenemos sumados ya todos los diferentes tipos de números comerciales a que han dado origen los diferentes saldos (siempre por fecha de valor, no lo olvidéis) de la cuenta en el periodo. Entonces, para calcular cuántos intereses corresponden a cada tipo de saldo, basta con tomar cada suma de números comerciales NCt, multiplicarlos por el tipo de interés correspondiente rt y dividir el resultado por 365 (o 366, si el año es bisiesto). O sea, algo tan sencillo como esto:

Y yastá. Fácil, ¿no?

Supongamos que los tipos de interés aplicables a nuestra cuenta en esta liquidación son los siguientes:

Tipos de interés aplicables

No son tipos demasiado extraños en los días que corren… así que ahora basta con multiplicar cada tipo de número por su tipo de interés correspondiente y dividirlo por 365 (2010 no es bisiesto)… Vamos a ver el conjunto final y qué intereses hemos generado:

Extracto Liquidación

Bueno, no ha sido tan terrible… nuestros 2.074 números acreedores nos han generado la fastuosa cantidad de 0,57€, mientras que los 183 de extratipo han generado 1,25€, nada menos. De esos 1,82€ totales a nuestro favor, aún debe el banco descontar la retención para Hacienda (un 19%, o sea, 0,35€), con lo que el neto que nos ingresará el banco son 1,47€… ¡Ya podemos comprarnos el BMW!! Uy, no, que el banco se cobrará 0,78€ por esos míseros 13 números deudores, y sólo nos quedarán sesenta y nueve céntimos.  Vaya… ¡Adiós al BMW!! Como mucho, un patinete…

Por cierto, hay alguna entidad que ofrece una cuenta que “devuelve las retenciones“. No es exactamente eso, como podéis imaginar, aunque es una potente propaganda… ¡a quién no le gusta que le devuelvan impuestos! Lo que hace en realidad es pagar un tipo algo mayor para compensar el pago de las retenciones (un 19%), que, naturalmente, hace sobre el total de intereses abonados. Una sencilla operación nos muestra que el tipo real que paga en este caso es el original, dividido por 0,81 (1 – 0,19, que es el porcentaje de retención). Así, un original 1% en este tipo de cuentas, en realidad pagaría intereses al 1,23%.

Bien, sólo queda demostrar que calcular los números comerciales es exclusivamente un truco operativo para que las cosas sean más sencillas de calcular… Si tomamos la fórmula del carrete para su cálculo en días y el tipo de interés en porcentaje, y se la aplicamos a un saldo C que está vigente un número de días t, o sea:

Vemos que podemos distribuir los operandos de la forma siguiente:

Pero en realidad hay un conjunto de n saldos Ci que están vigentes cada uno de ellos unos ciertos días ti, por lo que podemos decir que los intereses totales generados serán el sumatorio de los intereses generado por cada saldo, es decir:

El primer operando son, exactamente, los números comerciales para cada tipo de saldo, acreedor, deudor, etc. Y el segundo, el tipo de interés correspondiente, que se mantiene constante a lo largo de un periodo de liquidación (si cambia un tipo por el medio, se divide el periodo en dos), por lo que se puede sacar como factor común, quedando lo siguiente:

Lo que es, en definitiva, el método hamburgués.

El lector matemático, que hay muchos, pensará que puestos a sacar factor común, podríamos calcular los números dividiendo por 36.500, en vez de 100, y al final bastaría con multiplicar por el tipo de interés, y listo. El motivo de que en la práctica no se haga así es porque el factor “365″ es en realidad una variable también, que puede valer 365, 366 (si el año es bisiesto), o también 360: en muchas operaciones bancarias, especialmente de crédito, se especifica que el divisor será 360… una forma de arañar un poquito más, legal, sí, pero… De hecho, es muy probable que en el cálculo de los intereses deudores, el banco divida por 360 en vez de 365, con lo que nos cobraría un céntimo más: 0,79€. Por eso se divide al final por esta cifra.

En fin, parece complicado, pero tampoco es para tanto: lo complicado es hacer un programa para liquidar cualquier tipo de cuenta bancaria: corriente, de crédito, mutua, de ahorro, de préstamo… la casuística es tremenda, y las cuentas corrientes son, con diferencia, de lo más sencillo de liquidar. Para facilitaros la vida, os dejo una hoja Excel, como antes dije, para que podáis calcular vuestros intereses y verificar si el banco os liquida bien o qué.. Aquí os dejo el fichero: Liquidación de Cuentas.

Comisiones

Junto con los intereses, el banco calcula también las comisiones que devenga la cuenta en ese periodo. Estaría bien decir algo como: “hay un par de tipos de comisión, que se calculan así y asao“… pero es imposible. Hay muchísimos tipos de comisiones diferentes, según el banco y el tipo de cuenta y lo bueno que sea el cliente y el saldo que tenga la cuenta y si la luna está en cuarto creciente… e intentar detallarlas es tarea sobrehumana.

Las más comunes son la de administración, que se cobra de quince formas distintas según el banco, la de saldo deudor, que se cobra sobre el mayor saldo deudor que haya tenido la cuenta, de mantenimiento, que suele ser una cantidad fija cada tantos meses, etc, pero luego se aplican de forma diferente, o no se aplican, si tienes domiciliada la nómina o no, si tienes o no tarjetas de crédito, si tienes o no domiciliados recibos, etc. Así que aquí solo queda leerse la letra pequeña, y negociar con el banco la manera de evitarlas, si es posible. Pero el banco intentará siempre cobrar dinero por el servicio que, en definitiva, nos supone tener una cuenta corriente abierta y usarla. Hace algunos años que, en la cuenta de resultados de la banca, ya pesan más las comisiones que los intereses, señal inequívoca de por dónde van los tiros.

Domiciliaciones de Recibos

Prácticamente todos nosotros tenemos recibos domiciliados en nuestras cuentas. Y eso es porque la gran mayoría de empresas comercializadoras de todo tipo de bienes y servicios virtualmente exigen emitir sus recibos y cobrarlos vía domiciliación bancaria. Para ello, tienes que comunicar tu cuenta a la empresa emisora, y comunicar al banco que, a partir de ese momento, atienda los recibos que esa empresa emite contra tu cuenta[6]; a esta acción precisamente se le llama domiciliar el recibo. Este sistema tiene grandes ventajas para casi todo el mundo.

Para las empresas emisoras, porque con el mero envío de un fichero informático (hace años, en cinta magnética, ahora, telemáticamente) consiguen que cada titular de un recibo lo reciba, valga la redundancia, lo pague o, si no tiene fondos, lo devuelva… y sin que ninguna persona se ocupe de esto: sólo los ordenadores. Es más, en muchos casos ni siquiera imprimen físicamente el recibo, sino que el banco lo imprime por ellas, como es el caso del recibo de Telefónica impreso por La Caixa que tenemos más abajo[7]. Hace treinta años o más, el sistema común era utilizar cobradores (muchos de ellos guardias o militares que hacían pluriempleo y se sacaban unas pesetillas yendo casa a casa a cobrar los recibos). Todos esos cobradores están ahora en el paro… salvo los del frac.

Para nosotros, los usuarios, por la gran comodidad que implica saber que no nos van a cortar el gas o la luz porque el cobrador no nos ha encontrado en casa un par de veces, y porque tampoco tenemos que preocuparnos de si llega o no el recibo… el banco se ocupa.

Y para el banco, por supuesto, porque esta actividad le reporta suculentas comisiones que cobra generalmente a las empresas emisoras, aunque también a los clientes.

O sea, que todo el mundo contento… pero si nos fijamos, el sistema funciona única y exclusivamente porque nos fiamos de las empresas que emiten recibos (y del banco, claro). La base del sistema es la confianza, pues. La confianza general en que todo el mundo será honrado y hará bien su trabajo. Cosa que pasa, efectivamente, casi siempre.

Sin embargo, ocasiones hay en que alguien se equivoca. Una empresa de telefonía te emite el recibo, a pesar de que te has dado de baja; una empresa eléctrica te factura tropecientos kilowatios hora que no has consumido… los errores existen, y tenemos, como usuarios, un sistema de solucionarlos, independientemente de las reclamaciones que podemos y debemos hacer a la empresa emisora o a los organismos oportunos de reclamación.

Sabed que, aunque el recibo se haya pagado, existe un plazo legal (creo que es de un mes, pero no estoy seguro) para devolverlos al emisor, lo que nos costará una comisión, desde luego. Es decir, si la compañía telefónica te ha facturado un ADSL que no disfrutas, puedes pedir al banco que devuelva el recibo a la emisora y te ingrese de nuevo el dinero cobrado en tu cuenta, mientras negocias con la compañía si tienes o no que pagar… pero, al menos, con el dinero a buen recaudo. Sí, ya sé que en seguida te amenazan con meterte en el RAI o equivalente, pero si puedes demostrar que el recibo está emitido incorrectamente, deberían sacarte de ahí  inmediatamente… deberían, al menos.

Sabed, sin embargo, que para que un banco pague un recibo, éste debe estar obligatoriamente domiciliado, es decir, has debido comunicar al banco, con tu firma, que atienda el recibo emitido contra tu cuenta por esa compañía concreta. Si lo que queréis es que el banco deje de atender sine die los recibos de tal compañía, basta con que lo solicitéis en vuestra oficina y el banco elimina la domiciliación, y por tanto, los cargos, rechazando sistemáticamente los recibos que os presenten al cobro. Para revertir la situación, le decís al banco que active la domiciliación de nuevo, siempre con vuestra firma, y volverá a atender los recibos desde ese día. Tened en cuenta que todo este trabajo lo hacen en realidad los ordenadores, así que todo se resume a la existencia o no en una base de datos de la información pertinente a la domiciliación… es así de sencillo.

Tarjetas de débito

Tarjeta de Débito

A diferencia de las tarjetas de crédito, que no son ni más ni menos que una línea de crédito, como vimos en el artículo correspondiente a los préstamos, las de débito son un mero sistema de realizar disposiciones en efectivo contra el saldo de tu cuenta, en un cajero automático cualquiera a cualquier hora y en cualquier día. Si tu cuenta no tiene saldo suficiente para atender al pago solicitado, te lo deniega.

Lo que pasa es que en nuestros nebulosos días, tanto las tarjetas de crédito tienen funciones típicas de las de débito (también puedes sacar dinero de un cajero, por ejemplo), mientras que las de débito admiten también un cierto crédito. Conviene que leas atentamente el contrato para saber lo que puedes y lo que no puedes hacer con tu tarjeta, y lo que te va a costar…

Talones y cheques

Casi todas las cuentas corrientes tienen asociado un talonario de cheques, que sirve para mover fondos, pagar cosas… Hace quizá veinte o treinta años, los talones, o cheques, que de ambas formas se conocen, eran el modo común de hacer pagos que no fueran en efectivo, porque no había tarjetas de crédito[8].

Hoy en día están en franco desuso, pues las tarjetas de crédito, por un lado, y las transferencias, por el otro, se usan mayoritariamente para estos menesteres. Pero, aunque menos, se siguen usando, y conviene conocer sus intríngulis en caso de, bien emitirlo, bien cobrarlo.

En primer lugar, su uso está regulado por una Ley, la Ley Cambiaria y del Cheque, de 1985 (aunque seguro que ha sufrido alguna modificación desde entonces), para que veáis lo importante que es la emisión de un cheque. Porque emitir un cheque contra tu cuenta, debidamente firmado, establece una obligación de pago muy seria; si se produce un impago por falta de fondos o lo que sea, el perjudicado puede “protestar” el cheque y meterte en muchos líos hasta que cobre lo que tú has firmado que es suyo. Así que vamos a repasar sucintamente los conceptos que hay en un cheque.

Tipos de cheque

Un talón normal emitido contra cierta cuenta, en el momento del ingreso se considera un cheque “salvo buen fin“. Es decir, hay que esperar los dos días hábiles reglamentarios para saber si hay fondos o no los hay (o si hay un defecto de forma, como que la firma no coincida, que el cheque esté reportado como extraviado o robado, etc).

Un talón conformado está emitido contra tu cuenta, pero el banco emisor (tu banco, el Banco Molocos), se ha asegurado de que hay fondos suficientes y de que el talón es correcto en todos los sentidos. Entonces, el apoderado de la sucursal firma el talón, asegurando que es un “cheque conforme“,  y que así lo será durante un mes, por ejemplo. Es decir, el Banco Molocos asegura al destinatario del cheque que, si realiza el ingreso en tiempo y forma, el cheque se cobrará sí o sí. Ya no es “salvo buen fin“, sino “conformado“. Ésta es la forma habitual de realizar pagos importantes, como cuando te compras una casa, un coche… Naturalmente, el banco se cobrará sus comisiones por la gestión. El banco practica una retención contra tu cuenta por el importe del cheque, eliminándolo del saldo disponible, que servirá para pagar el cheque a su presentación. Si nunca se presenta al cobro, una vez llegado el plazo, la retención se elimina y el saldo vuelve a estar disponible en la cuenta. Las comisiones cobradas no, ésas no las devuelven.

En cuanto a un cheque bancario, es de efecto similar al del talón conformado, pero en este caso el cheque es de una cuenta del propio banco, no de la tuya. Es decir, no dice “D. Fulano de Tal pagará a Mengano tal cantidad…“, sino “El Banco Molocos pagará a Mengano tal cantidad“. Por tanto, no es “salvo buen fin”, al menos mientras el otro banco se siga fiando del Banco Molocos. Para conseguirlo, tú lo compras, es decir, el banco emite tal cheque a tu petición y te lo carga, más las comisiones, en tu cuenta, con efectos inmediatos: no hay retención que valga en este caso, pues el adeudo ha sido asentado directamente en la cuenta.

Beneficiario del cheque y endoso

En la emisión de un talón se debe consignar quién es el beneficiario del mismo, quién lo va a cobrar (el librado, como se conoce técnicamente este figura, a diferencia del librador, que es quien lo emite). Puede que no lo sepamos o no nos importe, en cuyo caso podemos escribir “Al portador“, lo que significa que cualquier persona que presente el cheque a su cobro puede hacerlo efectivo, sin necesidad de identificarse (aunque la posterior Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales impone serias restricciones a este método anónimo de cobrar los dineros).

Sin embargo, lo normal es emitirlos “nominativos“, es decir, especificar el nombre de la persona (o la empresa) a favor de la cual se emite el cheque. Cuando el cheque se presenta al cobro, es preciso que sea la propia persona consignada en el cheque quien lo cobre, para lo que tendrá que identificarse fehacientemente. Claro que esto sólo es en el caso de que dejemos a la voluntad del beneficiario cobrarlo en ventanilla (deberá ir a la propia sucursal de la cuenta emisora del cheque a cobrarlo); si lo que queremos es que obligatoriamente el beneficiario deba ingresar el cheque en una cuenta suya, entonces, además de consignar el titular, lo convertiremos en un cheque “barrado“. Barrar (o cruzar, es lo mismo) un cheque es cruzarlo con dos líneas más o menos paralelas y transversales, como podemos ver en el cheque nominativo[9] y barrado de la imagen siguiente.

Cheque barrado

Este tipo de cheques sólo pueden ser ingresados en una cuenta bancaria, del mismo banco u otro, y es un método adicional de seguridad, pues ante el robo del cheque es factible conocer en qué cuenta se ha ingresado y localizar a los culpables. Al menos, en teoría.

Ahora bien, un cheque es transmisible. Yo puedo pagar a alguien a quien le debo dinero con un cheque que otra persona me ha dado a mí. Si el cheque es al portador, pues bien, pero ¿cómo es posible hacer esto si el cheque es nominativo y está a mi nombre? Mediante el endoso.

Endosar un cheque es traspasar su propiedad a una tercera persona, hacerlo beneficiario (librado) del mismo en nuestro lugar. Para ello, deberemos especificar, en el reverso del cheque, que lo endosamos a Fulano de tal, la fecha, lo firmamos… y ya está. Hemos traspasado la propiedad del cheque a la persona, física o jurídica, que allí hemos escrito, ya no es nuestro.

En los últimos años se ha vuelto muy común que cuando ingresas un cheque a tu nombre en tu propia cuenta, el empleado de la ventanilla se empeña en que lo firmes por detrás, amenazándote incluso de que si no lo haces así no lo cobrarás…[10] Luego el banco le pone un estampillado (un sello) en el que dice que has endosado el cheque a favor del Banco Tal y Tal.

Señores: no sé si este proceder es ilegal, pero es completamente incorrecto. Si yo ingreso un cheque a mi nombre en mi cuenta, no tengo por qué endosar nada a nadie. Mi banco me hará la gestión de cobro, le presentación del cheque en el banco emisor[11]… gestión por la que me cobrará la comisión pertinente, pero nunca, nunca deberá ser el beneficiario del cheque. Ignoro el motivo de este extendido proceder, supongo que será para evitarse no sé qué tipo de problemática, pero es incorrecto. Ante una mala operativa (o mala fé de algún empleado), no puedes demostrar que el cheque era realmente tuyo: ¡lo has transmitido por endoso!

Si queréis evitar el endoso del cheque, basta que escribáis, después del “Páguese”, la frase “no a la orden“, que imposibilita su transmisión. Aunque esto tampoco lo sabrán los empleados de la ventanilla y te seguirán pidiendo que lo firmes por detrás…

Cinco mil y pico palabras ya… creo que es el momento de dejarlo aquí. Muchas peculiaridades más tienen nuestras queridas cuentas corrientes, pero lo visto aquí es suficiente para poder manejarse con ellas; y si tenéis dudas, ya sabéis: no dudéis en consultar con un abogado o administrador financiero.

  1. De hecho, en los cálculos de intereses bancarios de cualquier cosa, créditos, préstamos, depósitos, etc, se usa siempre esta fórmula en días, por ser más general: al fin y al  cabo, para un año justo, al poner el tiempo en días, 365, la fórmula da exactamente el mismo resultado que con un año y dividido por cien []
  2. Los bancos hacían oposiciones para completar sus plantillas, la gente se preparaba durante años, y los exámenes eran de mucho cuidado… tanto estudiar para que en los años ochenta y noventa les pusieran a muchos de ellos de patitas en la santa calle. []
  3. Bueno, exactamente, no pagar, porque las cartillas de ahorro no admitían intereses deudores, pero sí que te comiesen los intereses generados por el resto del dinero []
  4. Como se han ordenado los movimientos por su fecha de valor, no es preciso que la cuenta haya estado nunca en números rojos contablemente para que tengamos saldos deudores por valor. Ya lo podéis ver en el ejemplo con el ingreso del cheque. []
  5. Si el extratipo se aplica, por ejemplo, a partir de 10.000€, y el saldo durante digamos 10 días es de 12.000€, los 10.000 primeros sumarán a los números comerciales acreedores normales, dando origen a 1.000 números, mientras que el exceso, los 2.000€ restantes, sumarán a los números acreedores de extratipo, dando origen a 200 números. []
  6. En realida, por defecto los admitirá: sigue leyendo []
  7. Un caso paradigmático es el del seguro del coche. La ley te obliga a llevar el recibo del seguro en el coche por si te lo pide la autoridad. Pero la compañía no te lo manda, sino que te dice “le pasaremos el cargo por el banco, el banco le enviará el recibo”. Curioso. []
  8. La primera en establecerse en España fue American Express, hacia el año 1979. Algún tiempo después se estableció Diners, y por fin Visa, Master Card, etc []
  9. Sí, es nominativo, pero he borrado el nombre del beneficiario. []
  10. He tenido varias peleas ya por este tema, lo sé por experiencia []
  11. Por cierto, la mayoría de cheques no viajan físicamente al banco emisor, salvo que sean de un importe superior a uno dado, creo que 6.000€: se “truncan“, es decir, se archivan en la propia oficina de cobro y sólo viajan telemáticamente. []

Sobre el autor:

J ( )

 

{ 12 } Comentarios

  1. Gravatar Jerbbil | 04/05/2010 at 02:17 | Permalink

    Buenas tardes,

    Me sumo a los comentarios vertidos respecto al artículo anterior… sois magníficos. Yo soy una de esas personas absolutamente nulas en lo que se refiere a los dineros y a su gestión en la sociedad urbanita occidental moderna. No puedo más que agradecer la serie.

    Éso sí, lo de disfrazadas de lagarterana me ha matao. Qué manera tan gráfica y acertada de expresarlo, oyes.

    ¡Saludos!

  2. Gravatar cuenta nomina | 02/06/2010 at 04:29 | Permalink

    Seamos sinceros: buscar en Google, Yahoo, Bing, en fin, no te da la garantía de que vas a encontrar lo que realmente estás buscando. Soy alguien muy exigente con los contenidos que leo, y cuando de pura casualidad me encontré con este artículo, me impresionó la calidad con la que el (la) autor (autora) maneja sus criterios sobre cuentas nominas, cuentas corrientes y cuentas. Un diez aclamado.

  3. Gravatar Juan Carlos Giler | 20/09/2010 at 05:46 | Permalink

    Gran artículo !!!!

  4. Gravatar kosuke | 14/09/2011 at 04:20 | Permalink

    Hola, ¿dónde debe sellar el banco cuando trunca el cheque? ¿Delante o detrás?

  5. Gravatar Venger | 22/10/2012 at 08:49 | Permalink

    A mí me gustaría hacer una preguntilla en referencia a las tarjetas de crédito. Seguro que “mi amigo Mac” lo conoce bien el tema: ¿la banda magnética de una tarjeta de crédito es editable? Es decir, cada vez que pago con mi tarjeta y la paso por un lector, ¿éste modifica algún dato de la tarjeta o únicamente la identifica? Un saludo y enhorabuena a los dos por la serie

  6. Gravatar Battosay | 22/10/2012 at 11:46 | Permalink

    Sí, es editable, por lo menos una parte. De hecho, algunos bancos lo usan como medida de protección contra el fraude.

  7. Gravatar Venger | 22/10/2012 at 04:24 | Permalink

    Sí, pero yo me refiero a que si cuando yo pago en un comercio y paso mi tarjeta, el banco “lee” en mi tarjeta el dinero que tengo, extrae el valor de la cuenta y lo “escribe de nuevo en la tarjeta” (algo así como las libretas de ahorro, que las metes en el cajero cuando sacas dinero y la impresora de agujas te escribe lo que has sacado) o simplemente sirve para identificar al dueño de la tarjeta de crédito. Yo creo que es este segundo caso, pero me gustaría que alguien con posibilidad de dar fe de ello, me lo confirmara. Gracias

  8. Gravatar Battosay | 22/10/2012 at 04:38 | Permalink

    No conozco el estándar, se podría buscar por Internet y ver qué campos tienen, pero, ¿qué sentido tiene almacenar los datos de tu cuenta en la tarjeta? Lo único que almacena son tus credenciales para acceder a tu cuenta, es el banco en sus sistemas quién sabe cuánto dinero tienes. De hecho, una tarjeta es exactamente lo mismo que una tarjeta de ahorro, ¿no te has fijado que llevan un banda magnética también?

  9. Gravatar Battosay | 22/10/2012 at 04:43 | Permalink

    Me ha picado la curiosidad, y con un par de búsquedas en la wiki en inglés, aquí tenemos lo que guarda la banda magnética:

    http://en.wikipedia.org/wiki/ISO/IEC_7813

  10. Gravatar Macluskey | 22/10/2012 at 06:13 | Permalink

    No, no, en la banda magnética de la tarjeta no hay nunca información sobre saldos… ¡¡Menudo chollo para los hackers!!

    No, en la banda lo que viene es la identificación de la tarjeta en sí, que permite al lector conectarse al Sistema correspondiente (no necesariamente al banco) para autorizar o no la operación.

    Si la tarjeta es de débito y se desea hacer una disposición en efectivo, entonces sí que no queda más remedio que acceder al banco para que nos diga si hay o no saldo suficiente, pero si la tarjeta fuera de crédito, ni eso hace falta. Yo he sacado dinero en el extranjero en cajeros con mi VISA y desde luego que el Bank of Laponia no ha ido a preguntar al Banco Molocos si tenía o no saldo para pagar…

  11. Gravatar Ana | 25/04/2013 at 12:48 | Permalink

    Alguien me puede decir o remitirme a algún artículo dónde digan como se calcula el saldo medio dispuesto y no dispuesto de una poliza de crédito. He visto varias formas pero lo aplico a mi póliza y no me cuadra. Gracias

  12. Gravatar Macluskey | 25/04/2013 at 07:03 | Permalink

    @Ana: Por el contexto deduzco que es una cuenta corriente de crédito, no un préstamo.

    Si es así, el saldo medio de cada tipo de saldo se calcula como el sumatorio de cada saldo por el número de días naturales que ha estado vigente durante el periodo de liquidación, dividido por los días naturales de que consta ese periodo.

    En realidad, en el caso de un préstamo es lo mismo, pero aquí teóricamente no hay “saldo no dispuesto”, pero por lo demás es igual.

    Ten en cuenta que para liquidar los intereses siempre, SIEMPRE se usa el “Carrete”, por muy complicado que nos lo quieran hacer creer. Y para el “Carrete”, la parte de “Capital por tiempo partido por 36500″ (o por 18000, 3000, etc) es ni más ni menos que el saldo medio al que te refieres.

    Espero que te haya ayudado.

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