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	<title>El Cedazo &#187; politica</title>
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		<title>Entendiendo&#8230; en formato libro</title>
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		<pubDate>Thu, 02 Dec 2010 06:29:17 +0000</pubDate>
		<dc:creator>J</dc:creator>
				<category><![CDATA[Economía]]></category>
		<category><![CDATA[El Cedazo]]></category>
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		<description><![CDATA[Algunos lo habéis pedido en los comentarios, y hemos decidido haceros caso. Nos complace presentaros la edición en forma de libro de la serie Entendiendo&#8230; Como es habitual en la casa, lo hemos publicado en Lulu, tanto en formato electrónico como en papel: Versión en papel. Versión en FB2 y epub (lo sentimos, Lulu ha [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://eltamiz.com/elcedazo/wp-content/uploads/2010/11/j_entendiendo_portada-Custom.jpg" class="liimagelink"><img class="alignright size-large wp-image-10250" title="j_entendiendo_portada (Custom)" src="http://eltamiz.com/elcedazo/wp-content/uploads/2010/11/j_entendiendo_portada-Custom-1024x768.jpg" alt="" width="368" height="277" /></a>Algunos lo habéis pedido en los comentarios, y hemos decidido haceros caso. Nos complace presentaros la edición en forma de libro de la serie <a href="/elcedazo/series/entendiendo/" target="_blank" class="liinternal">Entendiendo&#8230;</a></p>

<p>Como es habitual en la casa, lo hemos publicado en <a href="http://www.lulu.com/" target="_blank" class="liexternal">Lulu</a>, tanto en formato electrónico como en papel:</p>

<ul>
    <li><a href="https://www.lulu.com/shop/javier-j-sedano-and-macluskey/entendiendo/paperback/product-13588385.html?page=1&amp;pageSize=4" target="_blank" class="liexternal">Versión en papel</a>.</li>
    <li><del>Versión en FB2 y epub</del> (lo sentimos, Lulu ha eliminado la versión en ePub/FB2).</li>
    <li><a href="http://www.lulu.com/shop/javier-j-sedano-and-macluskey/entendiendo/ebook/product-17355980.html" target="_blank" class="liexternal">Versión en PDF</a>.</li>
</ul>

<p>El pedido de la impresión de prueba ha tardado en llegarnos a Madrid unos 15 días naturales, así que viene un poco justo para regalarlo para Navidad, pero si sois de aquellos tradicionalistas que hacéis los regalos en Reyes, quizá aún os dé tiempo.</p>

<p>El libro se distribuye ahora mismo a su estricto precio de coste (la versión impresa, algo más de 8€+costes de envío; la versión electrónica, gratuita), de modo que si pensabais gastaros algún dinero adicional en él, dedicad ese dinero a un <a href="http://eltamiz.com/mecenas/" target="_blank" class="liinternal">mecenazgo de El Tamiz</a>. El contenido en sí está bajo la misma licencia Creative Commons que el resto de contenido de El Tamiz y El Cedazo (cc-by-nc-nd).</p>

<p>No podemos terminar esta presentación sin agradecer el esfuerzo de varios meses a las siguientes personas:</p>

<ul>
    <li>Todos los lectores de El Cedazo, por ayudar en los comentarios a corregir erratas y ampliar contenidos.</li>
    <li>Pedro, por motivos obvios.</li>
    <li>Geli, por diseñar la cubierta.</li>
    <li>Naeros, por la fotografía y el fotomontaje de la portada.</li>
    <li>Elidia, por hacer de modelo para la foto.</li>
    <li>johansolo, por ayudarnos a generar el ebook.</li>
</ul>

<p>Esperamos sinceramente que lo disfrutéis, y que os ayude a comprender mejor el mundo y a tomar mejores decisiones en estos tiempos difíciles.</p>

<p>Javier &#8220;J&#8221; Sedano y Macluskey.</p>
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		<title>Entendiendo la democracia española</title>
		<link>https://eltamiz.com/elcedazo/2010/06/21/entendiendo-la-democracia-espanola/</link>
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		<pubDate>Mon, 21 Jun 2010 14:48:00 +0000</pubDate>
		<dc:creator>J</dc:creator>
				<category><![CDATA[J]]></category>
		<category><![CDATA[politica]]></category>

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		<description><![CDATA[¡Menudo cambio de rumbo! &#8230; diréis. Hasta ahora hemos dedicado los capítulos de esta serie a cuestiones económicas y financieras. Pero como anunciamos, el objetivo era enseñar algunas “habilidades básicas de supervivencia ciudadana”, y eso incluye sin lugar a dudas una mínima formación política. Trataremos de dar tanto un vistazo teórico, como su aplicación a [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="/elcedazo/series/entendiendo/" class="liimagelink"><img class="aligncenter size-full wp-image-10409" title="Entendiendo_banner_fixed" src="http://eltamiz.com/elcedazo/wp-content/uploads/2009/12/Entendiendo_banner_fixed.gif" alt="" width="600" height="86" /></a></p>

<p>¡<strong>Menudo cambio de rumbo</strong>! &#8230; diréis.</p>

<p>Hasta ahora hemos dedicado los capítulos de esta <a href="/elcedazo/series/entendiendo/" target="_blank" class="liinternal">serie</a> a cuestiones económicas y financieras. Pero como anunciamos, el objetivo era enseñar algunas “habilidades básicas de supervivencia ciudadana”, y eso incluye sin lugar a dudas una mínima formación política.</p>

<p>Trataremos de dar tanto un vistazo teórico, como su aplicación a la España de 2010.</p>

<p>Esto quiere decir que la primera de las salvedades es especialmente importante hoy:</p>

<ul>
    <li>Vamos a empezar con aspectos más o menos generales, que podrían aplicar a todo el mundo, pero vamos a centrarnos en describir el caso de España en el año 2010. Trataremos de dejar claro cuando hablamos de algo general o de algo específico, pero cuidado si estás leyendo esto en otros países.</li>
    <li>El autor no es licenciado en ciencias políticas, ni en derecho, ni nada parecido. Solo es un pobre ciudadano que lee la prensa, mete su papeleta en una urna y paga sus impuestos. Tampoco se dedica a la política, ni está afiliado a ningún partido ni sindicato ni nada parecido.</li>
</ul>

<p>Y, como siempre, “<em>antes simplista que incomprensible</em>”. Esto es especialmente importante en este artículo, porque la complejidad de muchos de estos conceptos hace que una descripción detallada ocupe varios libros de texto.</p>

<p>Tenía (y tengo) un poco de miedo al escribir esto, porque encontrar conspiranoías y partidismos en un artículo de este estilo es muy fácil. Y sacando las cosas de contexto, más aún. Espero no arrepentirme en el futuro.</p>

<p>Trataremos de hacer una descripción lo más aséptica posible, sin entrar en temas partidistas, derecha-izquierda, centralismo-nacionalismo, monarquía-república, ni nada parecido. Pero a menudo, cuando simplificamos mucho los temas, perdemos matices que hacen darse cuenta de que generalmente las cosas no son blancas o negras, sino grises.</p>

<h1>Democracia</h1>

<p>Democracia es el <strong>gobierno del pueblo</strong>.</p>

<div id="attachment_7804" class="wp-caption alignright" style="width: 310px"><a href="http://eltamiz.com/elcedazo/wp-content/uploads/2010/04/j_democracia_constitucion.jpg" class="liimagelink"><img class="size-medium wp-image-7804" src="http://eltamiz.com/elcedazo/wp-content/uploads/2010/04/j_democracia_constitucion-300x225.jpg" alt="" width="300" height="225" /></a><p class="wp-caption-text">Constitución española de 1978, expuesta en el Congreso de los Diputados (Wikipedia)</p></div>

<p>Todos los demás aspectos que veremos en el artículo son formas de lograr eso. A unos se les ocurren unas formas, a otros, otras. Pero todas ellas tienen tantos matices, tantos grados, que ninguna de ellas podemos considerar que es <em>conditio sine qua non</em> para tener democracia, excepto ésta: <strong>el pueblo se gobierna a sí mismo</strong>.</p>

<p>Pueden existir (de hecho, han existido a lo largo de la historia) regímenes políticos en los que existe un parlamento, elecciones y votaciones, separación de poderes, leyes,&#8230; y que difícilmente consideraríamos democráticos. Por ejemplo, podemos remontarnos hacia atrás unos cuantos siglos para recordar que en España existía un parlamento (llamado Cortes, como ahora), y difícilmente llamaríamos a aquel sistema <em>democrático</em> (al menos según nuestros estándares de hoy). Incluso existía cierta separación de poderes, pero era&#8230; ¡porque el rey quería!<sup>[<a href="https://eltamiz.com/elcedazo/2010/06/21/entendiendo-la-democracia-espanola/#footnote_0_7906" id="identifier_0_7906" class="footnote-link footnote-identifier-link" title="Uno de los hechos menos conocidos de la leyenda del Rey Arturo es que propugn&oacute; cierta separaci&oacute;n de poderes, de modo que &eacute;l establec&iacute;a la Ley, s&iacute;, pero una vez establecida &eacute;l mismo estaba sujeto a ella. As&iacute;, cuando Ginebra cometi&oacute; traici&oacute;n (la infidelidad al rey era alta traici&oacute;n), fue condenada a muerte, incluso aunque el propio Arturo quer&iacute;a perdonarla y salvarla. Dependiendo de la versi&oacute;n de la leyenda que le&aacute;is puede verse a Arturo poni&eacute;ndose contento cuando Lancelot rescata a Ginebra de la horca, iniciando la guerra entre ambos.">1</a>]</sup></p>

<p>Pero lo contrario también es cierto: no todos los sistemas democráticos contienen esos elementos. Un ejemplo muy sencillo es la comunidad de vecinos de cualquier edificio. Nadie niega que eso sea un sistema democrático, pero no existe “separación de poderes” (al menos, no como la vamos a estudiar).</p>

<p>¿Quiere esto decir que los aspectos que vamos a revisar no son importantes? ¡Por supuesto que no! Son importantísimos. Por eso vamos a revisarlos. Pero hay que entenderlos con ojo crítico, porque pueden no ser necesarios ni suficientes.</p>

<p>Dicho esto, vamos a centrarnos en los sistemas democráticos en que sí que están todos presentes, como en las democracias occidentales en general (y la española en particular).</p>

<p>Por lo tanto, el hecho fundamental de la democracia es que es el pueblo el que se gobierna a sí mismo. A menudo se dice “<strong>la soberanía reside en el pueblo</strong>” o “<strong>el pueblo es soberano”</strong>, El artículo 1.2 de la Constitución española dice literalmente &#8220;La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado&#8221;.</p>

<p>Vista así, la democracia no garantiza ser la mejor forma de gobierno posible. Lo que garantiza es que, tanto si las cosas salen bien como si salen mal, quien ostenta la soberanía, que es el pueblo, será quien sufra las consecuencias (buenas o malas).</p>

<p>En ese contexto está muy feo decir “no me importa cuantas personas se opongan, vamos a hacer <em>no-sé-qué</em>, porque es necesario”. Una declaración así atenta contra los cimientos de la democracia, aunque desgraciadamente ha sido pronunciada por mucha gente (de uno y otro color).</p>

<div id="attachment_7806" class="wp-caption alignright" style="width: 310px"><a href="http://eltamiz.com/elcedazo/wp-content/uploads/2010/04/j_democracia_cortescadiz.jpg" class="liimagelink"><img class="size-medium wp-image-7806" src="http://eltamiz.com/elcedazo/wp-content/uploads/2010/04/j_democracia_cortescadiz-300x217.jpg" alt="" width="300" height="217" /></a><p class="wp-caption-text">Juramento de las Cortes de Cádiz de 1810, expuesto en el Congreso de los Diputados (Wikipedia)</p></div>

<p>Históricamente ha habido muchos intentos de regímenes democráticos, se supone que según avanzaba la historia, cada vez mejores (y esperemos que según siga avanzando, mejor que lo que tenemos ahora): la democracia ateniense, el derecho y el senado romano, la paulatina separación de poderes, los parlamentos territoriales de la edad moderna y contemporánea<sup>[<a href="https://eltamiz.com/elcedazo/2010/06/21/entendiendo-la-democracia-espanola/#footnote_1_7906" id="identifier_1_7906" class="footnote-link footnote-identifier-link" title="Por ejemplo, el parlamento que redact&oacute; la constituci&oacute;n espa&ntilde;ola de 1812, que fue derogada por Fernando VII en cuanto volvi&oacute; a Espa&ntilde;a.">2</a>]</sup>, las repúblicas de las excolonias europeas&#8230;</p>

<p>En España, la constitución que rige nuestro sistema democrático fue votada y ratificada por amplia mayoría en <a href="http://es.wikipedia.org/wiki/Refer%C3%A9ndum_para_la_ratificaci%C3%B3n_de_la_Constituci%C3%B3n_espa%C3%B1ola" target="_blank" rel="nofollow" class="liwikipedia"><em>referendum</em></a> entre los españoles el 6 de diciembre de 1978, tres años después de la muerte de Franco. La web del BOE mantiene online una copia de la <a href="http://www.boe.es/aeboe/consultas/enlaces/documentos/ConstitucionCASTELLANO.pdf" target="_blank" class="lipdf">Constitución</a>, por si tienes curiosidad; son apenas 18000 palabras, no mucho más que este artículo, por lo que merece la pena echarle un vistazo por encima (leerla entera ya es para nota). La web del congreso tiene una <a href="http://www.congreso.es/consti/constitucion/indice/index.htm" target="_blank" class="liexternal">versión navegable y comentada</a>, para entender el porqué de muchos de esos artículos.</p>

<h1>Separación de poderes</h1>

<p>Probablemente, el principal pilar de la democracia es la separación de poderes. Esa separación hace que el poder no se acumule en una sola persona u organismo que pueda abusar de él, de modo que unos se vigilan a los otros.</p>

<p>Tradicionalmente se han considerado 3 poderes (basándose en las teorías de <a href="http://es.wikipedia.org/wiki/Montesquieu" target="_blank" rel="nofollow" class="liwikipedia">Montesquieu</a>): el legislativo, el ejecutivo y el judicial. A ellos se suele unir recientemente “el cuarto poder” y el “quinto poder”, que, según a quién le preguntes, puede ser la prensa y el poder económico, o viceversa.</p>

<ul>
    <li><strong>Poder legislativo</strong>: promulga y deroga <strong>leyes</strong>.</li>
    <li><strong>Poder ejecutivo</strong>: se encarga de la <strong>gestión diaria</strong> del país (es decir, ejecuta).</li>
    <li><strong>Poder judicial</strong>: se encarga de <strong>administrar justicia</strong>, aplicando las leyes promulgadas por el legislativo.</li>
    <li><strong>Prensa</strong>: no solo como prensa escrita, sino cualquier otro medio, que <strong>mantiene a los ciudadanos informados</strong> para que puedan gobernar con conocimiento.</li>
    <li><strong>Poder económico</strong>: se encarga de <strong>intervenir en la economía del estado</strong>. En nuestro entorno liberal, eso significa <strong>controlar los flujos monetarios</strong>, básicamente imprimiendo o retirando billetes.</li>
</ul>

<div id="attachment_7950" class="wp-caption aligncenter" style="width: 810px"><a href="http://eltamiz.com/elcedazo/wp-content/uploads/2010/04/j_democracia_congreso-leones.jpg" class="liimagelink"><img class="size-full wp-image-7950 " src="http://eltamiz.com/elcedazo/wp-content/uploads/2010/04/j_democracia_congreso-leones.jpg" alt="" width="800" height="378" /></a><p class="wp-caption-text">Fachada del Congreso de los Diputados y detalle de sus emblemáticos leones (Wikipedia)</p></div>

<p>En España, al igual que en muchos países, esos poderes no se encuentran en forma completamente pura<sup>[<a href="https://eltamiz.com/elcedazo/2010/06/21/entendiendo-la-democracia-espanola/#footnote_2_7906" id="identifier_2_7906" class="footnote-link footnote-identifier-link" title="En opini&oacute;n del autor, no solo es que no sea completamente pura, sino que deja bastante que desear comparada con otros pa&iacute;ses, pero bueno&amp;#8230; probablemente es mejor que lo que ten&iacute;amos antes.">3</a>]</sup>, pero básicamente se concretan en los siguientes organismos:</p>

<div id="attachment_7815" class="wp-caption alignright" style="width: 350px"><a href="http://eltamiz.com/elcedazo/wp-content/uploads/2010/04/j_democracia_congreso2.jpg" class="liimagelink"><img class="size-full wp-image-7815" src="http://eltamiz.com/elcedazo/wp-content/uploads/2010/04/j_democracia_congreso2.jpg" alt="" width="340" height="250" /></a><p class="wp-caption-text">El interior del Congreso de los Diputados (Fuente: http://jullei.wordpress.com/)</p></div>

<ul>
    <li>Las <strong>Cortes Generales</strong> representan básicamente el poder legislativo. Están divididas en el <strong>Congreso de los Diputados</strong> y el <strong>Senado</strong>, aunque el saber qué tipo de leyes depende de uno, del otro o de los dos escapa de largo a este artículo<sup>[<a href="https://eltamiz.com/elcedazo/2010/06/21/entendiendo-la-democracia-espanola/#footnote_3_7906" id="identifier_3_7906" class="footnote-link footnote-identifier-link" title="Y al conocimiento del autor, todo sea dicho.">4</a>]</sup>. Decimos “básicamente” porque son los únicos órganos elegidos directamente por los ciudadanos, de modo que tienen influencia sobre los demás.</li>
</ul>

<ul>
    <li>El <strong>Presidente del Gobierno</strong> y sus <strong>ministros</strong> son la cabeza del poder ejecutivo. El Presidente es elegido por el Congreso (volveremos sobre esto un poco más adelante) y él, a su vez, elige a sus ministros, de modo que el Congreso puede a su vez destituirle<sup>[<a href="https://eltamiz.com/elcedazo/2010/06/21/entendiendo-la-democracia-espanola/#footnote_4_7906" id="identifier_4_7906" class="footnote-link footnote-identifier-link" title="Otra cosa muy distinta es que eso pueda ocurrir con facilidad.">5</a>]</sup>.</li>
</ul>

<ul>
    <li>El <strong>Consejo General del Poder Judicial</strong>, el <strong>Tribunal Supremo</strong> y el <strong>Tribunal Constitucional</strong> son la cabeza del poder judicial<sup>[<a href="https://eltamiz.com/elcedazo/2010/06/21/entendiendo-la-democracia-espanola/#footnote_5_7906" id="identifier_5_7906" class="footnote-link footnote-identifier-link" title="Como curiosidad, hace unos meses se estuvo debatiendo si los jueces pod&iacute;an hacer huelga o no. Como trabajadores que son, parece que podr&iacute;an. Pero a la vez, son uno de los poderes del estado; es como si los ministros o los diputados hicieran huelga,&amp;#8230; como m&iacute;nimo es extra&ntilde;o. Al final, parece que qued&oacute; en que legalmente ten&iacute;an derecho a hacerlo, aunque conceptualmente era una aberraci&oacute;n.">6</a>]</sup>. De nuevo, saber qué compete a cada uno escapa al artículo. Sus miembros son elegidos por el Congreso, el Senado, el Presidente y además unos eligen a los miembros de otro.</li>
</ul>

<ul>
    <li>El <strong>Banco de España</strong> ejerce el poder económico, aunque al integrarnos en la Unión Europea delegó muchas de sus funciones en el <strong>Banco Central Europeo</strong>. Su Presidente es elegido por el Presidente del Gobierno. Ya estudiamos su función en el <a href="/elcedazo/2010/05/28/entendiendo-la-inflacion/" target="_blank" class="liinternal">artículo sobre la inflación</a>, y Mazinger le ha dedicado <a href="/elcedazo/el-universo-subprime/" target="_blank" class="liinternal">varios artículos</a> en su serie.</li>
</ul>

<ul>
    <li>La <strong>prensa privada e independiente</strong>, que analiza los movimientos de los otros 4 y los comunica a los ciudadanos, para que hagan lo que consideren oportuno. Este blog, incluso este artículo, es parte de este poder.</li>
</ul>

<h2>Elecciones generales</h2>

<div id="attachment_7818" class="wp-caption alignleft" style="width: 310px"><a href="http://eltamiz.com/elcedazo/wp-content/uploads/2010/04/j_democracia_urna.jpg" class="liimagelink"><img class="size-medium wp-image-7818 " src="http://eltamiz.com/elcedazo/wp-content/uploads/2010/04/j_democracia_urna-300x233.jpg" alt="" width="300" height="233" /></a><p class="wp-caption-text">Una urna. Es francesa, pero nos sirve de ejemplo (Wikipedia)</p></div>

<p>En España, la participación del pueblo a la hora de gobernarse tiene su máxima expresión en las <strong>elecciones generales</strong><sup>[<a href="https://eltamiz.com/elcedazo/2010/06/21/entendiendo-la-democracia-espanola/#footnote_6_7906" id="identifier_6_7906" class="footnote-link footnote-identifier-link" title="El pueblo puede y debe seguir ejerciendo su soberan&iacute;a despu&eacute;s de esas elecciones, aunque solo sea en manifestaciones y prensa.">7</a>]</sup>. En esas elecciones los ciudadanos eligen, directa o indirectamente, a los poderes del estado (excepto a la prensa, claro). Estas elecciones ocurren cada 4 años, salvo que se convoquen anticipadamente por el motivo que sea.</p>

<p>El proceso es un poco complicado, porque nosotros votamos una sola vez cada cuatro años, pero&#8230; ¡fijaos la cantidad de organismos que dependen de ese voto!</p>

<p>A las elecciones generales se presentan diferentes partidos políticos. Esto es importante hacerlo notar, porque en otros países son las personas las que se presentan y a las que se vota, pero, en España, tú votas la lista completa de un partido.</p>

<p>En dichas <strong>elecciones generales se eligen las Cortes Generales</strong> (es decir, el Congreso y el Senado). Nótese que en estas elecciones generales los ciudadanos no elegimos al Presidente del Gobierno, como la mayoría piensa, sino únicamente a los diputados<sup>[<a href="https://eltamiz.com/elcedazo/2010/06/21/entendiendo-la-democracia-espanola/#footnote_7_7906" id="identifier_7_7906" class="footnote-link footnote-identifier-link" title="A veces tambi&eacute;n se les llama congresistas, y de hecho en otros pa&iacute;ses es lo habitual.">8</a>]</sup> y senadores que nos representarán en cada cámara.</p>

<p>Así que cada español mayor de edad se va a la urna y mete un papelito con la papeleta del partido al que elige para el Congreso. También suele tener que meter otra papeleta con los senadores a los que elige para el Senado.</p>

<div id="attachment_7820" class="wp-caption alignright" style="width: 310px"><a href="http://eltamiz.com/elcedazo/wp-content/uploads/2010/04/j_democracia_circunscipciones2008.png" class="liimagelink"><img class="size-medium wp-image-7820" src="http://eltamiz.com/elcedazo/wp-content/uploads/2010/04/j_democracia_circunscipciones2008-300x226.png" alt="" width="300" height="226" /></a><p class="wp-caption-text">Comparación entre PP (azul) y PSOE (rojo) por número de escaños en cada circunscripción (gris: empate) tras las elecciones de 2008 (Wikipedia)</p></div>

<p>El número de escaños que cada partido obtenga en el Congreso depende, lógicamente, del número de votos que obtenga ese partido, pero no es simplemente un conteo lineal. En lugar de eso, el país se divide en distintas circunscripciones (una por cada provincia, más Ceuta y Melilla), y se asigna un número de escaños a cada circunscripción (básicamente según su población, aunque tienen unos mínimos garantizados), de forma que dentro de esa circunscripción sí lo reparten en función de los votos. Y además, no linealmente, que es lo que podría pensarse en un primer vistazo, sino según la <a href="http://es.wikipedia.org/wiki/Sistema_D%27Hondt" target="_blank" rel="nofollow" class="liwikipedia">Ley de Hondt</a>, que parece favorecer más a los partidos más votados en cada circunscripción.</p>

<p>Es por esta forma extraña de contar los votos por la que parece que los partidos pequeños pero de ámbito nacional (IU, UPD,&#8230;) consiguen relativamente pocos escaños aunque sumen muchos votos en total, en favor de los dos grandes partidos nacionales (y no en favor de los partidos nacionalistas, como suele pensarse<sup>[<a href="https://eltamiz.com/elcedazo/2010/06/21/entendiendo-la-democracia-espanola/#footnote_8_7906" id="identifier_8_7906" class="footnote-link footnote-identifier-link" title="M&aacute;s informaci&oacute;n, por ejemplo en Malaprensa">9</a>]</sup> ).</p>

<p>Luego, esos escaños que han obtenido los partidos son ocupados por las personas que dicho partido ha puesto en su lista (por eso a menudo se utilizan expresiones como “la lista más votada” o “la lista elegida”, o cosas así). Porque ese papelito que metíamos en la urna lo que tenía era una lista, “la lista de XXX” (siendo XXX el partido en cuestión).</p>

<p>Para el Senado, como hemos visto, se eligen senadores concretos, no listas de partidos, pero se siguen aplicando las circunscripciones y la ley de Hondt.</p>

<p>Así que, tras contar los votos, tenemos ya un montón de <strong>diputados</strong> y <strong>senadores</strong> sentados en sus escaños. Lo importante ahora es que una vez que un diputado tiene su escaño, es suyo. No es del partido al que pertenece: <strong>es suyo</strong>. Si él decide al día siguiente abandonar el partido, cosa que ha ocurrido en diferentes ocasiones, el escaño sigue siendo suyo.</p>

<div id="attachment_7951" class="wp-caption aligncenter" style="width: 810px"><a href="http://eltamiz.com/elcedazo/wp-content/uploads/2010/04/j_democracia_congreso-senado.jpg" class="liimagelink"><img class="size-full wp-image-7951" src="http://eltamiz.com/elcedazo/wp-content/uploads/2010/04/j_democracia_congreso-senado.jpg" alt="" width="800" height="350" /></a><p class="wp-caption-text">Distribución de escaños en el Congreso (izquierda; elaboración propia) y el Senado (derecha; Wikipedia) tras las elecciones de 2008. Nótese cómo el PSOE tenía mayoría en el Congreso pero no en el Senado.</p></div>

<p>Cuidado, porque hasta este punto, ninguno de los candidatos es Presidente del Gobierno. Todo lo más, cada uno será diputado por una determinada circunscripción.</p>

<p>Ahora, entre todos los diputados eligen el <strong>Presidente del Gobierno</strong> simplemente por votación lineal. Uno o más de ellos puede ser propuesto para ser Presidente del Gobierno, y entre todos decidirán a quién de ellos eligen.</p>

<p>Nótese que todo este proceso puede significar que el Presidente del Gobierno no sea del partido con más votos (ni siquiera del partido con más escaños).</p>

<p>Éste es el motivo por el que los partidos están tan interesados en tener la mayoría absoluta de los escaños: porque aunque en principio el escaño pertenece al diputado, pocas veces se atreve a votar en contra del resto de su partido. De modo que, si un determinado partido tiene la mayoría absoluta de los escaños, está casi seguro de que el Presidente del Gobierno será el suyo (y además posteriormente se aprobarán las leyes que ellos propongan).</p>

<p>Del mismo modo que el Presidente del Gobierno es elegido por el Congreso, existen mecanismos por los que el Congreso puede retirar la confianza al Presidente, y elegir uno nuevo. En un caso en que uno de los partidos tenga mayoría absoluta en el Congreso, es poco probable, pero si ninguno la tiene&#8230; pues también es poco probable&#8230; aunque no imposible. Este procedimiento se llama <strong>moción de censura</strong><sup>[<a href="https://eltamiz.com/elcedazo/2010/06/21/entendiendo-la-democracia-espanola/#footnote_9_7906" id="identifier_9_7906" class="footnote-link footnote-identifier-link" title="En el ordenamiento espa&ntilde;ol, la moci&oacute;n de censura tiene que ser constructiva, es decir, no sirve con decir solamente &amp;#8220;V&aacute;yase Vd., Sr. Presidente del Gobierno&amp;#8220;, sino que debe proponer un candidato alternativo.">10</a>]</sup>, y es curioso cómo ambos partidos la están reclamando <em>de boquilla</em> casi continuamente cuando están en la oposición (aunque raras veces la presentan), pero dicen que “bah, ¿pa’ qué?” cuando están en el gobierno&#8230; Básicamente, si se solicita una moción de censura (lo cual puede hacerse simplemente con que lo pida el 10% de los diputados), votan, y si logran una mayoría absoluta en contra del Presidente, éste es destituido y es sustituido por el candidato. Si solo se necesita el 10% de los diputados para solicitar la moción de censura, ¿por qué el partido de la oposición no lo está haciendo continuamente? Es muy sencillo: porque si luego no va a conseguir mayoría suficiente para destituir al Presidente, solo conseguirá quedar en ridículo. Y en España nunca ha prosperado ninguna moción de censura&#8230; de las una o dos que se han planteado.</p>

<p>El Presidente del Gobierno, a su vez, nombra a su <strong>Consejo de Ministros</strong>, y cada <strong>ministro</strong> se encarga de la gestión diaria del ministerio que le ha tocado. El Presidente puede destituir y nombrar ministros cuando le plazca, aunque lo normal es que duren varios años o incluso toda la legislatura.</p>

<p>Bueno, pues ya tenemos constituidos el poder legislativo y el ejecutivo. Los otros dos son más sencillos de explicar (aunque con unas tiranteces políticas de la leche).</p>

<div id="attachment_7954" class="wp-caption aligncenter" style="width: 810px"><a href="http://eltamiz.com/elcedazo/wp-content/uploads/2010/04/j_democracia_be-tc.jpg" class="liimagelink"><img class="size-full wp-image-7954" src="http://eltamiz.com/elcedazo/wp-content/uploads/2010/04/j_democracia_be-tc.jpg" alt="" width="800" height="378" /></a><p class="wp-caption-text">La sede del Banco de España en la Plaza de Cibeles de Madrid (izquierda) y la sede del Tribunal Constitucional (derecha) (Wikipedia)</p></div>

<p>El Presidente del Gobierno elige al <strong>Presidente del Banco de España</strong>, que ocupa su plaza durante 8 años<sup>[<a href="https://eltamiz.com/elcedazo/2010/06/21/entendiendo-la-democracia-espanola/#footnote_10_7906" id="identifier_10_7906" class="footnote-link footnote-identifier-link" title="En opini&oacute;n del autor, esto es un argumento m&aacute;s para demostrar que no tenemos aut&eacute;ntica separaci&oacute;n de poderes. Es verdad que, una vez nombrado, el Presidente del Banco de Espa&ntilde;a ya no depende del Presidente del Gobierno, ni del Congreso, pero&amp;#8230; &iexcl;les debe su puesto! Como en pol&iacute;tica todo funciona en base de lealtades, por no decir favores, decir que son poderes independientes es, como m&iacute;nimo, arriesgado. Pero es lo que hay.">11</a>]</sup>.</p>

<p>El poder judicial es un poco más complicado, pero no mucho. Los miembros del <strong>Consejo General del Poder Judicial</strong> son elegidos a partes iguales por el Congreso y el Senado, y entre ellos eligen a un <strong>Presidente del CGPJ</strong>. Luego entre el CGPJ, el Congreso, el Senado y el Gobierno eligen a los miembros del <strong>Tribunal Constitucional</strong> y del <strong>Tribunal Supremo</strong>. Una vez más, la separación se basa en el hecho de que, una vez elegidos, sus miembros ya no deben rendir cuentas a quienes los eligieron.</p>

<h2>Jefe de estado</h2>

<p>La constitución española dice algo así como &#8220;El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, [...]&#8220;.</p>

<p>¿Y para qué sirve el Jefe de Estado? Pues depende del país. En algunos países el Jefe de Estado tiene atribuciones importantes. En otros, el Jefe de Estado y el Jefe de Gobierno (el Presidente del Gobierno) son la misma persona. En España, el Jefe de Estado es una figura casi sin poder formal.</p>

<p>Decimos “casi” porque, por ejemplo, todas las leyes promulgadas por el poder legislativo deben ser sancionadas por el Rey con su firma. ¿Y si no las firma? Es que eso no se contempla: las firmará y punto. Ya, pero, ¿y si no las firma? Es que la Constitución no dice “si las Cortes Generales promulgan la ley, se le enseña al Rey a ver si le gusta, y si no le gusta, no sirve”, sino que dice algo como “si las Cortes Generales promulgan la ley, el Rey la firmará y entonces entra en vigor”. Es decir, el Rey debe firmar la ley para que entre en vigor, pero se asume que lo va a hacer, ni siquiera se contempla que pueda no gustarle. ¿Y si no se niega pero tarda mucho en firmarlo? Uhm&#8230; hasta donde sé, ese caso tampoco se contempla.</p>

<p>Lo mismo para nombrar al Presidente del Gobierno: las Cortes (el Congreso) eligen al presidente del Gobierno, y el Rey lo nombra&#8230; pero no puede negarse a hacerlo. Lo mismo para disolver las Cortes (y por lo tanto convocar elecciones), expedir decretos,&#8230; todas ellas funciones que deben ser hechas por el Rey, pero no puede negarse a hacerlas si no le gusta.</p>

<p>Por cierto, por lo visto el Rey (y creo que el Príncipe de Asturias, como heredero) no vota. Como ciudadano español, tendría derecho a hacerlo, pero desde el <em>referendum</em> de aprobación de la constitución de 1978 se abstiene de hacerlo, porque se le supone “por encima de la política”.</p>

<p>El Jefe de Estado en España es también Capitán General de todos los Ejércitos<sup>[<a href="https://eltamiz.com/elcedazo/2010/06/21/entendiendo-la-democracia-espanola/#footnote_11_7906" id="identifier_11_7906" class="footnote-link footnote-identifier-link" title="Como curiosidad, sabed que la Virgen del Pilar tambi&eacute;n es Capit&aacute;n General.">12</a>]</sup>, y aunque es un título más honorífico que ejecutivo, hay quien dice que su papel fue fundamental para evitar el éxito del golpe de estado del <a href="http://es.wikipedia.org/wiki/Golpe_de_Estado_en_Espa%C3%B1a_de_1981" target="_blank" rel="nofollow" class="liwikipedia">23-F</a><sup>[<a href="https://eltamiz.com/elcedazo/2010/06/21/entendiendo-la-democracia-espanola/#footnote_12_7906" id="identifier_12_7906" class="footnote-link footnote-identifier-link" title="Si ten&eacute;is curiosidad, sabed que en ese momento se estaba celebrando la votaci&oacute;n para elegir al Presidente del Gobierno, D. Leopoldo Calvo Sotelo, y por lo tanto las c&aacute;maras de TVE estaban transmitiendo la sesi&oacute;n en directo. Los v&iacute;deos est&aacute;n disponibles en la web de RTVE. El autor recuerda que estaba puesto en la tele mientras jugaba en el sal&oacute;n, y c&oacute;mo le mandaron sumariamente a jugar a su habitaci&oacute;n sin saber muy bien por qu&eacute;. EDIT, 18/11/2020: acabo de leer que TVE no lo retransmiti&oacute; en directo, aunque s&iacute; lo estaba grabando, por lo que probablemente las im&aacute;genes que recuerdo fueran de alguna noticia posterior.">13</a>]</sup>.</p>

<p>Y, finalmente, su papel diplomático es evidente, sobre todo ante otras monarquías y ante las ex-colonias españolas.</p>

<h1>Igualdad y derechos fundamentales</h1>

<p>Hemos visto que el principal pilar de la democracia era la separación de poderes, y las elecciones que los constituyen.</p>

<p>Pero otro de esos pilares, que a menudo se encuentra tan implícito que ni pensamos en él, es el de la igualdad de derechos de todos los seres humanos. Hoy lo damos por sentado, pero no hace tanto tiempo en que en regímenes supuestamente democráticos existían ciudadanos que no podían votar: las mujeres o los negros.</p>

<div id="attachment_7832" class="wp-caption alignright" style="width: 545px"><a href="http://eltamiz.com/elcedazo/wp-content/uploads/2010/04/j_democracia_derechoshumanos.png" class="liimagelink"><img class="size-full wp-image-7832" src="http://eltamiz.com/elcedazo/wp-content/uploads/2010/04/j_democracia_derechoshumanos.png" alt="" width="535" height="423" /></a><p class="wp-caption-text">La Declaración Universal de los Derechos del Hombre, sostenida por Eleanor Roosevelt (Wikipedia)</p></div>

<p>Y si nos remontamos aún más, hasta la Grecia clásica, podemos encontrar la que para muchos es la forma de democracia definitiva: los ciudadanos decidían directamente, en lugar de delegar su decisión en un parlamento. Así, cuando había una decisión que tomar, se reunían todos los ciudadanos y votaban. En mi opinión es un error considerarla la democracia definitiva, porque se les olvidaba comentar que solo unos pocos tenían el estatus de “ciudadano”, dejando fuera a mujeres, esclavos e <em>ilotas</em> (gente que no vivía en la ciudad-estado), por lo que <em>de facto</em> las decisiones las tomaba una pequeña élite gobernante.</p>

<p>Eso no quiere decir que todos los seres humanos voten en las elecciones generales españolas. Para empezar, lógicamente los extranjeros están excluidos (aunque en algunas elecciones, como las municipales, algunos sí que pueden votar). También se excluye a los menores de edad, que por supuesto tienen derechos, pero los ejercen a través de sus padres o tutores, no ellos mismos.</p>

<p>Y tan importante como esa igualdad son otra serie de <strong>derechos fundamentales</strong>, sin los cuales no tiene sentido hablar de democracia. La distinción entre qué es un “<em>derecho fundamental</em>” y qué son “<em>otros derechos</em>” es muy difusa, y a menudo depende de qué quiera conseguir el que hable. La propia constitución española contiene un epígrafe (artículos 15 a 29, si no me equivoco) en que nombra los derechos fundamentales, aunque incluso sobre eso existe discusión; otras constituciones tienen entradas similares con derechos similares, pero no idénticos. Y saber cuál tiene más importancia cuando dos o más entran en conflicto, es para nota. Así que no vamos a enumerar sino unos cuantos ejemplos no excluyentes:</p>

<ul>
    <li>Derecho a la vida, a la legítima defensa y a la integridad física y moral.</li>
    <li>Libertad de pensamiento, de expresión, de asociación y de creencia. Es decir, respetar a las diferentes ideologías políticas y las religiones.</li>
    <li>Derecho a la información. Es decir, permitir el cuarto poder (prensa) del que hablábamos antes.</li>
    <li>Derecho a la seguridad jurídica (un juicio justo).</li>
    <li>Libertad de circulación y residencia.</li>
    <li>Derecho a la vida privada. Es decir, a la intimidad, el secreto de las comunicaciones, la propiedad privada,&#8230;</li>
    <li>Etcétera.</li>
</ul>

<p>Todos estos derechos están recogidos en la Constitución, pero incluso ellos pueden ser eliminados por orden judicial, como por ejemplo cuando un juez restringe tu libertad de movimiento metiéndote en la cárcel, secuestra una publicación por vulnerar alguna ley o cuando expropian tus tierras para hacer una carretera. Algunos también pueden ser suspendidos temporalmente en caso de emergencia: guerra civil, catástrofe natural, invasión, epidemia,&#8230; según unos procedimientos recogidos en la ley y con distintos grados (estado de alarma, estado de sitio, estado de excepción,&#8230;).</p>

<h1>Partidos políticos</h1>

<p>Como hemos visto si hemos leído hasta aquí, la vida política española gira alrededor de los <strong>partidos políticos</strong>. Dado que en las elecciones se vota a partidos completos, la única forma <em>de facto</em> que existe de ocupar un escaño es formando parte de un partido político o fundando un partido propio<sup>[<a href="https://eltamiz.com/elcedazo/2010/06/21/entendiendo-la-democracia-espanola/#footnote_13_7906" id="identifier_13_7906" class="footnote-link footnote-identifier-link" title="A menudo se llama despectivamente a este sistema partidocracia, que no est&aacute; en el diccionario, pero se entiende lo que quiere decir.">14</a>]</sup>. Fundar un partido es teóricamente sencillo, requiere un número mínimo de afiliados y una serie de trámites burocráticos, pero cualquiera puede hacerlo. Pero <em>de facto</em> es muy complicado: existen muchos partidos políticos pequeños que ni siquiera llegan a lograr un escaño.</p>

<p>La ley no se mete en la organización interna de los partidos políticos (aunque la Constitución sí dice que su funcionamiento interno debe ser democrático), ni en su ideología. Actualmente existen partidos de ámbito nacional de diferentes ideologías, como IU, PP, PSOE, UPyD,&#8230; partidos de ámbito autonómico como CiU, BNG, CC, PNV,&#8230; e incluso partidos de ámbito municipal. Existen partidos que replican una estructura de gobierno representativa, otros más participativa,&#8230; La ley no se mete en nada de eso. Solo se preocupa de que los partidos se financien de forma legal, para evitar que una vez elegidos reciban presiones de quienes los financiaron (algo que es más o menos restrictivo en cada país).</p>

<h2>Sindicatos</h2>

<p>Para muchos, los sindicatos son probablemente la máxima representación de la libertad de asociación. Yo puedo asociarme con quien quiera para hacer lo que quiera (siempre que sea algo legal, claro). Pues un sindicato es un grupo de gente que se asocia para perseguir conjuntamente sus objetivos sociales, económicos y profesionales.</p>

<p>Los sindicatos más grandes son los horizontales, que agrupan a trabajadores de cualquier sector, empresa y lugar, como CCOO o UGT, pero también existen sindicatos sectoriales (como el ASAJA agrario), de determinadas categorías profesionales (como el SEPLA de los pilotos) o en empresas muy grandes incluso sindicatos específicos de una empresa. Incluso podría entenderse, desde este punto de vista, que la CEOE que agrupa a los empresarios es un sindicato de empresarios (de hecho, la Constitución los describe en el mismo artículo).</p>

<p>Nada lo impide: los ciudadanos pueden asociarse como ellos quieran. ¡Si quieren! Porque sindicarse no es obligatorio.</p>

<p>No obstante, muchas leyes hacen referencia a los sindicatos como representantes de los trabajadores, y les otorga autoridad para negociar colectivamente algunas cosas, como por ejemplo convenios colectivos, el calendario laboral,&#8230;</p>

<p>Los sindicatos no son partidos políticos, ni están supeditados a estos<sup>[<a href="https://eltamiz.com/elcedazo/2010/06/21/entendiendo-la-democracia-espanola/#footnote_14_7906" id="identifier_14_7906" class="footnote-link footnote-identifier-link" title="Aunque hist&oacute;ricamente algunos han nacido de los mismos grupos, como UGT y PSOE, lo que anta&ntilde;o llevaba a decir informalmente que &amp;#8220;UGT era el sindicato del PSOE&amp;#8221;. Hoy son organizaciones disjuntas.">15</a>]</sup>: los partidos actúan en el ámbito político; los sindicatos actúan en el ámbito laboral. Así que cuidado, que los ponemos en este epígrafe porque son una forma de asociación ciudadana&#8230; pero no son partidos políticos.</p>

<h1>La España de las autonomías</h1>

<p>¿Entendido todo hasta aquí? Pues multiplícalo por 17 comunidades autónomas. 19, con Ceuta y Melilla.</p>

<div id="attachment_7834" class="wp-caption alignright" style="width: 310px"><a href="http://eltamiz.com/elcedazo/wp-content/uploads/2010/04/j_democracia_comunidades.png" class="liimagelink"><img class="size-medium wp-image-7834" src="http://eltamiz.com/elcedazo/wp-content/uploads/2010/04/j_democracia_comunidades-300x213.png" alt="" width="300" height="213" /></a><p class="wp-caption-text">Comunidades autónomas (Wikipedia)</p></div>

<p>España se divide en 17 autonomías más 2 ciudades autónomas, que a su vez replican casi todo esto. Dentro de cada comunidad autónoma existe un poder ejecutivo, un poder legislativo y un poder judicial (no existe, en cambio, poder económico; y la prensa es ubicua). Sus detalles se especifican en el estatuto de autonomía en cuestión.</p>

<p>El poder legislativo de cada comunidad reside en un <strong>parlamento</strong>, el equivalente a las Cortes Generales, que recibe nombre distinto en función de la comunidad: <strong>asamblea, </strong><em><strong>parlament</strong></em>,&#8230;</p>

<p>Y además, ocurre lo mismo que en las elecciones generales: cuando existen <strong>elecciones autonómicas</strong>, los ciudadanos eligen al legislativo (el parlamento autonómico) entre los diferentes partidos, y éste a su vez elige al ejecutivo (el presidente autonómico).</p>

<p>El poder ejecutivo se encarna en una persona (que también recibe nombre distinto dependiendo de la comunidad: <strong>presidente</strong>, <em><strong>lehendakari</strong></em>, <em><strong>president</strong></em>,&#8230;) que nombra un equipo de <strong>consejeros</strong> (<em><strong>consellers</strong></em>, <strong><em>conselleiros</em></strong>&#8230;) equivalentes a los ministros del ejecutivo central.</p>

<p>El poder judicial reside en los diferentes <strong>juzgados autonómicos</strong>, que también tienen sus competencias.</p>

<p>Todos esos poderes autonómicos tienen unas competencias que, entonces, no tiene el estado. Se dice que esas <strong>competencias</strong> están “<strong>transferidas</strong>” a las autonomías. Diferentes autonomías tendrán diferentes competencias transferidas. Por ejemplo, la Sanidad pública es algo que está transferido en todas, pero no todas las autonomías tienen policía autonómica (<em>ertzaintza</em>, <em>mossos d&#8217;esquadra</em>&#8230;). Es por esto que si tenemos algún problema con nuestro DNI, debemos remitirnos a la administración central (una comisaría de la policía nacional), pero si tenemos un problema sanitario, a quien debemos remitirnos es a la administración autonómica en cuestión (y por eso la tarjeta sanitaria de un madrileño no es igual que la tarjeta sanitaria de un murciano).</p>

<p>El si las autonomías están supeditadas al poder central o no es motivo de discusión (nacionalista vs. centralista). La distinción, desde el punto de vista de la operativa diaria es pequeña: cada uno tiene sus competencias y el otro no puede hacer nada para inmiscuirse en ellas. Así, por ejemplo, construir o no un hospital en determinado sitio es competencia de la autonomía, no del estado central.</p>

<p>Pero desde el punto de vista político no lo es. En un estado autonómico, quien tiene entidad nacional es España (todos los españoles), que hace divisiones territoriales llamadas autonomías, a las que cede parte de sus competencias. Y, por lo tanto, podría dejar de cedérselas cuando quiera.</p>

<p>En un estado federal, en cambio, quienes tienen entidad son las autonomías (los asturianos en Asturias, los castellanomanchegos en Castilla-La Mancha,&#8230;), que voluntariamente se incorporan a un estado federal (España) cediéndole parte de sus competencias. Y, por lo tanto, podrían dejar de hacerlo cuando quieran.</p>

<p>Parece, y esto es opinable, que la constitución actual tira más hacia la primera posibilidad, aunque históricamente quizá España haya sido más bien lo segundo (por ejemplo, cuando los reyes católicos Isabel y Fernando se casaron y unieron los reinos, y luego los heredó su nieto Carlos I, eran reinos independientes, que por casualidad tenían el mismo rey, pero que, por ejemplo, tenía cada uno su parlamento, y así siguieron algún siglo más)&#8230; y por eso está el lío liado.</p>

<h2>Ayuntamientos</h2>

<div id="attachment_7850" class="wp-caption alignright" style="width: 310px"><a href="http://eltamiz.com/elcedazo/wp-content/uploads/2010/04/j_democracia_aytomadrid.png" class="liimagelink"><img class="size-medium wp-image-7850" src="http://eltamiz.com/elcedazo/wp-content/uploads/2010/04/j_democracia_aytomadrid-300x199.jpg" alt="" width="300" height="199" /></a><p class="wp-caption-text">Plaza de la Villa, sede del Ayuntamiento de Madrid (Wikipedia)</p></div>

<p>La última división política es el ayuntamiento<sup>[<a href="https://eltamiz.com/elcedazo/2010/06/21/entendiendo-la-democracia-espanola/#footnote_15_7906" id="identifier_15_7906" class="footnote-link footnote-identifier-link" title="Bueno, algunos ayuntamientos grandes a&uacute;n se dividen en distritos.">16</a>]</sup>. Como antes, los ciudadanos votan en unas elecciones municipales a un determinado partido, y en función de dichos votos, y de la misma Ley de Hondt que antes, resultan elegidos unos cuantos <strong>concejales</strong>. Pero, igual que en el nivel estatal y autonómico, el puesto pertenece al concejal, no al partido, de modo que si luego abandona el partido o algo así, el puesto sigue siendo suyo. Luego, entre esos concejales elegirán a un <strong>alcalde</strong>, que nombrará concejales específicos (sí, también se llaman concejales) con sus competencias (urbanismo, cultura,&#8230;).</p>

<p>Podría pensarse que los ayuntamientos son una división política supeditada a la provincia o a la autonomía&#8230; pues no, no lo son. Obviamente, sus competencias se circunscriben a su municipio, pero dentro de esas competencias, no están supeditados a la autonomía ni al estado central. Así, por ejemplo, si la recogida de basuras es una competencia municipal, es el ayuntamiento quien decide qué y cómo, sin que ni la autonomía ni el estado puedan decir nada.</p>

<p>Los ayuntamientos y provincias se asocian, al margen de las autonomías y del estado central, en la Federación Española de Municipios y Provincias, para defender sus intereses de forma conjunta. Existen federaciones similares de ámbito regional, pero de nuevo no supeditadas a las autonomías.</p>

<p>Una peculiaridad de las elecciones municipales es que algunos extranjeros pueden votar en ellas, si existe un convenio de reciprocidad con su país de origen, por lo que cada vez más extranjeros (sobre todo de la Unión Europea) votan en las elecciones municipales.</p>

<p>No queremos terminar sin citar un par de casos especiales curiosos: cuando el ayuntamiento es pequeño (creo que menos de 250 vecinos), en lugar de presentarse a las elecciones partidos completos con su lista, se presentan personas: se ponen todos los candidatos en una única lista y el elector marca unos cuantos. Es decir, sería un sistema de listas abiertas. Y si es aún más pequeño (creo que menos de 100 vecinos, aunque no sé si existe alguna otra restricción) <em>todos sus ciudadanos son concejales</em>. Es lo que se llama un ayuntamiento &#8220;de concejo abierto&#8221;. ¿A que mola? Pues ya sabéis, si queréis ser concejales, iros a vivir a un pueblecito pequeño. Eso sí, no creo que os paguen mucho por ello&#8230;</p>

<div id="attachment_7837" class="wp-caption alignleft" style="width: 190px"><a href="http://eltamiz.com/elcedazo/wp-content/uploads/2010/04/j_democracia_banderaUE.jpg" class="liimagelink"><img class="size-medium wp-image-7837 " src="http://eltamiz.com/elcedazo/wp-content/uploads/2010/04/j_democracia_banderaUE-300x199.jpg" alt="" width="180" height="119" /></a><p class="wp-caption-text">Emblema de la UE (Wikipedia)</p></div>

<h1>Unión europea</h1>

<div id="attachment_7844" class="wp-caption alignright" style="width: 160px"><a href="http://eltamiz.com/elcedazo/wp-content/uploads/2010/04/j_democracia_parlamentoeuropeo.jpg" class="liimagelink"><img class="size-thumbnail wp-image-7844" src="http://eltamiz.com/elcedazo/wp-content/uploads/2010/04/j_democracia_parlamentoeuropeo-150x150.jpg" alt="" width="150" height="150" /></a><p class="wp-caption-text">El interior del Parlamento Europeo (Wikipedia)</p></div>

<p>Bueno, y una vez que nos unimos a la Unión Europea, ¿en qué cambia todo esto?</p>

<p>Cuando España se unió a la Unión Europea fue cediendo algunas de sus competencias a la Unión, que mantiene una separación de poderes similar. Fijémonos en que, desde ese punto de vista, la Unión Europea es un sistema federal: los estados miembros son soberanos, que ceden parte de sus competencias a la Unión Europea porque ellos quieren&#8230; si quieren.</p>

<p>Si el sistema español era complejo, el europeo, que trata de aunar las legislaciones y tradiciones de 25 países distintos, lo es aún más; aquí veremos solo un resumen muy por encima. Las instituciones más importantes son:</p>

<ul>
    <li>El <strong>Parlamento Europeo</strong>: representa el poder legislativo de la UE, y es elegido por los ciudadanos en las elecciones europeas cada 5 años. Sus leyes tienen el nombre de &#8220;<em>directivas</em>&#8220;, y los estados miembros se comprometen a promulgar leyes nacionales que cumplan esas directivas.</li>
    <li>El <strong>Consejo Europeo</strong>: está formado por los Jefes de Gobierno o los Jefes de Estado de los estados miembros, y como tal representa el poder ejecutivo. Entre ellos eligen cada dos años y medio al <strong>Presidente del Consejo Europeo</strong> (o informalmente <strong>Presidente de la Unión</strong>), aunque hasta 2009 simplemente rotaba cada 6 meses entre los Jefes de Gobierno de los estados miembros<sup>[<a href="https://eltamiz.com/elcedazo/2010/06/21/entendiendo-la-democracia-espanola/#footnote_16_7906" id="identifier_16_7906" class="footnote-link footnote-identifier-link" title="Un detalle curioso: como al principio no se sab&iacute;a muy bien qu&eacute; deb&iacute;a hacer este Presidente, entre sus labores estaba ense&ntilde;arle a su sucesor cu&aacute;les eran sus labores.">17</a>]</sup>.</li>
    <li>

<div id="attachment_7838" class="wp-caption alignright" style="width: 145px"><a href="http://eltamiz.com/elcedazo/wp-content/uploads/2010/04/j_democracia_BCE.jpg" class="liimagelink"><img class="size-medium wp-image-7838 " src="http://eltamiz.com/elcedazo/wp-content/uploads/2010/04/j_democracia_BCE-225x300.jpg" alt="" width="135" height="180" /></a><p class="wp-caption-text">Sede del BCE en Frankfort (Wikipedia)</p></div>

El <strong>Consejo de la Unión Europea</strong> (no confundir con el anterior): está formado por un ministro de cada país, pero su poder no es ejecutivo, sino legislativo, pues elabora las leyes en conjunto con el Parlamento Europeo (aunque, como en el caso español, saber qué depende de uno y qué de otro es para nota). Su Presidencia va rotando cada 6 meses entre los estados miembros (3 estados cada 18 meses, porque en realidad hay 3 presidencias distintas), pero no recae en una persona concreta, sino más bien en todo el gobierno de dicho estado. Actualmente España es uno de esos 3 co-presidentes (junto con Bélgica y Hungría), lo que informalmente lleva a decir que &#8220;Zapatero es el Presidente de Turno de la Unión Europea&#8221; (y también por reminiscencias de antes de 2009, cuando el Presidente del Consejo Europeo era también rotativo).</li>
    <li>La <strong>Comisión Europea</strong>: representa el poder ejecutivo. Su Presidente es elegido por el Parlamento y el Consejo Europeo, mediante un procedimiento con bastantes idas y venidas, y sus Comisarios son elegidos también a medias entre todos. De nuevo, saber qué cae en el terreno del Consejo Europeo y qué en el de la Comisión Europea es para nota.</li>
    <li>El <strong>Tribunal de Justicia de la Unión Europea</strong>: representa el poder judicial, y es elegido por los gobiernos de los estados miembros.</li>
    <li>El <strong>Banco Central Europeo</strong>: representa el poder económico. Es decir, emite y retira moneda (Euro) y fija el precio del dinero. Tiene una estructura compleja, de la que forman parte los gobernadores de los Bancos Centrales de los estados miembros y por algunos miembros elegidos por los ejecutivos de los estados miembros. No todos los estados miembros están integrados en este sistema monetario único, solo aquéllos integrados en la moneda común (por ejemplo, el Reino Unido no lo está), y estados que no son miembros de pleno derecho, están integrados en este sistema monetario único (por ejemplo, Andorra).</li>
</ul>

<h1>Conclusiones</h1>

<p>En el artículo hemos abandonado los temas financieros para repasar los aspectos más importantes de una democracia, y en particular hemos descrito como funciona la española, empezando por sus instituciones fundamentales, pasando por la división territorial y llegando a comprobar cómo España se integra en la Unión Europea.</p>
<ol class="footnotes"><li id="footnote_0_7906" class="footnote">Uno de los hechos menos conocidos de la leyenda del Rey Arturo es que propugnó cierta separación de poderes, de modo que él establecía la Ley, sí, pero una vez establecida él mismo estaba sujeto a ella. Así, cuando Ginebra cometió traición (la infidelidad al rey era alta traición), fue condenada a muerte, incluso aunque el propio Arturo quería perdonarla y salvarla. Dependiendo de la versión de la leyenda que leáis puede verse a Arturo poniéndose contento cuando Lancelot rescata a Ginebra de la horca, iniciando la guerra entre ambos.</li><li id="footnote_1_7906" class="footnote">Por ejemplo, el parlamento que redactó la constitución española de 1812, que fue derogada por <a href="http://es.wikipedia.org/wiki/Fernando_VII_de_Espa%C3%B1a" target="_blank" rel="nofollow" class="liwikipedia">Fernando VII</a> en cuanto volvió a España.</li><li id="footnote_2_7906" class="footnote">En opinión del autor, no solo es que no sea completamente pura, sino que deja bastante que desear comparada con otros países, pero bueno&#8230; probablemente es mejor que lo que teníamos antes.</li><li id="footnote_3_7906" class="footnote">Y al conocimiento del autor, todo sea dicho.</li><li id="footnote_4_7906" class="footnote">Otra cosa muy distinta es que eso pueda ocurrir con facilidad.</li><li id="footnote_5_7906" class="footnote">Como curiosidad, hace unos meses se estuvo debatiendo si los jueces podían hacer huelga o no. Como trabajadores que son, parece que podrían. Pero a la vez, son uno de los poderes del estado; es como si los ministros o los diputados hicieran huelga,&#8230; como mínimo es extraño. Al final, parece que quedó en que legalmente tenían derecho a hacerlo, aunque conceptualmente era una aberración.</li><li id="footnote_6_7906" class="footnote">El pueblo puede y debe seguir ejerciendo su soberanía después de esas elecciones, aunque solo sea en manifestaciones y prensa.</li><li id="footnote_7_7906" class="footnote">A veces también se les llama congresistas, y de hecho en otros países es lo habitual.</li><li id="footnote_8_7906" class="footnote">Más información, por ejemplo en <a href="http://www.malaprensa.com/2004/11/una-mentira-mil-veces-repetida.html" target="_blank" class="liexternal">Malaprensa</a></li><li id="footnote_9_7906" class="footnote">En el ordenamiento español, la moción de censura tiene que ser <em>constructiva</em>, es decir, no sirve con decir solamente &#8220;<em>Váyase Vd., Sr. Presidente del Gobierno</em>&#8220;, sino que debe proponer un candidato alternativo.</li><li id="footnote_10_7906" class="footnote">En opinión del autor, esto es un argumento más para demostrar que no tenemos auténtica separación de poderes. Es verdad que, una vez nombrado, el Presidente del Banco de España ya no depende del Presidente del Gobierno, ni del Congreso, pero&#8230; ¡les debe su puesto! Como en política todo funciona en base de lealtades, por no decir favores, decir que son poderes independientes es, como mínimo, arriesgado. Pero es lo que hay.</li><li id="footnote_11_7906" class="footnote">Como curiosidad, sabed que la Virgen del Pilar también es Capitán General.</li><li id="footnote_12_7906" class="footnote">Si tenéis curiosidad, sabed que en ese momento se estaba celebrando la votación para elegir al Presidente del Gobierno, D. Leopoldo Calvo Sotelo, y por lo tanto las cámaras de TVE estaban transmitiendo la sesión en directo. Los vídeos están disponibles en la <a href="http://www.rtve.es/television/23f/videos/" target="_blank" class="liexternal">web de RTVE</a>. El autor recuerda que estaba puesto en la tele mientras jugaba en el salón, y cómo le mandaron sumariamente a jugar a su habitación sin saber muy bien por qué. EDIT, 18/11/2020: acabo de leer que TVE no lo retransmitió en directo, aunque sí lo estaba grabando, por lo que probablemente las imágenes que recuerdo fueran de alguna noticia posterior.</li><li id="footnote_13_7906" class="footnote">A menudo se llama despectivamente a este sistema <em><strong>partidocracia</strong></em>, que no está en el diccionario, pero se entiende lo que quiere decir.</li><li id="footnote_14_7906" class="footnote">Aunque históricamente algunos han nacido de los mismos grupos, como UGT y PSOE, lo que antaño llevaba a decir informalmente que &#8220;UGT era el sindicato del PSOE&#8221;. Hoy son organizaciones disjuntas.</li><li id="footnote_15_7906" class="footnote">Bueno, algunos ayuntamientos grandes aún se dividen en distritos.</li><li id="footnote_16_7906" class="footnote">Un detalle curioso: como al principio no se sabía muy bien qué debía hacer este Presidente, entre sus labores estaba enseñarle a su sucesor cuáles eran sus labores.</li></ol>]]></content:encoded>
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