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	<title>Comentarios en: Entendiendo la herencia</title>
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		<title>Por: J</title>
		<link>https://eltamiz.com/elcedazo/2010/08/09/entendiendo-la-herencia/comment-page-2/#comment-20089</link>
		<dc:creator>J</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 28 Mar 2016 19:05:36 +0000</pubDate>
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		<description>&lt;p&gt;Marian,&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;El Cedazo no es el lugar en donde buscar consejo sobre estas cosas: nuestra visión es muy simplista. Te sugiero que os busquéis un abogado especializado, te va a ahorrar dinero.&lt;/p&gt;
</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Marian,</p>

<p>El Cedazo no es el lugar en donde buscar consejo sobre estas cosas: nuestra visión es muy simplista. Te sugiero que os busquéis un abogado especializado, te va a ahorrar dinero.</p>
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		<title>Por: Marian</title>
		<link>https://eltamiz.com/elcedazo/2010/08/09/entendiendo-la-herencia/comment-page-2/#comment-20063</link>
		<dc:creator>Marian</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 19 Mar 2016 12:09:20 +0000</pubDate>
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		<description>&lt;p&gt;Nuestros padres murieron en Mayo-12 y Sept.-13. Tenemos la liquidación del impuesto de transmisiones de herencia y el IBI del piso. La herencia fue a 3 partes iguales , pero no se hicieron escrituras de herencia. Ahora una hermana se va a quedar con el piso. Tenemos unas dudas.
¿Es mejor hacer escrituras de reparto de herencia y luego una extinción de condominio de las otras dos partes o es mejor hacer la escritura directamente a ella a cambio de un pago de los otros 2 hermanos?
No han transcurrido aún 4 años desde la muerte del primer fallecido.
Elegiríamos la mejor opción a efectos de costes. ¿En alguno de los casos se considera venta y conllevaría impuesto de transmisiones? ¿Qué efectos fiscales tendría para parte adquiriente. Y para los hermanos que ceden su parte.
¿Cuál sería aproximadamente el coste de notaría?
Queremos vendérselo con un valor total de 108.000 € pero el valor que ha proporcionado la JCYL es de 114.000 €. ¿Se puede poner menos de la valoración oficial considerando que se lo cedemos a menor precio porque necesita una gran inversión en obra dado su mal estado?
¿Dónde se puede solicitar la declaración de seguros de vida que piden en las notarías para poder hacer escrituras? Ellos no tenían seguros de vida, pero nos informan de que es necesario.&lt;/p&gt;
</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Nuestros padres murieron en Mayo-12 y Sept.-13. Tenemos la liquidación del impuesto de transmisiones de herencia y el IBI del piso. La herencia fue a 3 partes iguales , pero no se hicieron escrituras de herencia. Ahora una hermana se va a quedar con el piso. Tenemos unas dudas.
¿Es mejor hacer escrituras de reparto de herencia y luego una extinción de condominio de las otras dos partes o es mejor hacer la escritura directamente a ella a cambio de un pago de los otros 2 hermanos?
No han transcurrido aún 4 años desde la muerte del primer fallecido.
Elegiríamos la mejor opción a efectos de costes. ¿En alguno de los casos se considera venta y conllevaría impuesto de transmisiones? ¿Qué efectos fiscales tendría para parte adquiriente. Y para los hermanos que ceden su parte.
¿Cuál sería aproximadamente el coste de notaría?
Queremos vendérselo con un valor total de 108.000 € pero el valor que ha proporcionado la JCYL es de 114.000 €. ¿Se puede poner menos de la valoración oficial considerando que se lo cedemos a menor precio porque necesita una gran inversión en obra dado su mal estado?
¿Dónde se puede solicitar la declaración de seguros de vida que piden en las notarías para poder hacer escrituras? Ellos no tenían seguros de vida, pero nos informan de que es necesario.</p>
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		<title>Por: J</title>
		<link>https://eltamiz.com/elcedazo/2010/08/09/entendiendo-la-herencia/comment-page-2/#comment-18358</link>
		<dc:creator>J</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 31 Oct 2015 07:29:09 +0000</pubDate>
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		<description>&lt;p&gt;Raquel,&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;ni idea, consulta con un abogado.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;Saludos,&lt;/p&gt;
</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Raquel,</p>

<p>ni idea, consulta con un abogado.</p>

<p>Saludos,</p>
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	<item>
		<title>Por: Raquel</title>
		<link>https://eltamiz.com/elcedazo/2010/08/09/entendiendo-la-herencia/comment-page-2/#comment-18337</link>
		<dc:creator>Raquel</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 30 Oct 2015 16:43:26 +0000</pubDate>
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		<description>&lt;p&gt;Hola, consulta, encontré una póliza, seguro de vida, de mi bisabuelo materno, español, de Málaga. Es de hace unos 100 años, tiene validez? perdón no se rian, desconoszco las leyes y/o beneficios de su país (soy argentina) Gracias&lt;/p&gt;
</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola, consulta, encontré una póliza, seguro de vida, de mi bisabuelo materno, español, de Málaga. Es de hace unos 100 años, tiene validez? perdón no se rian, desconoszco las leyes y/o beneficios de su país (soy argentina) Gracias</p>
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		<title>Por: Mariaje</title>
		<link>https://eltamiz.com/elcedazo/2010/08/09/entendiendo-la-herencia/comment-page-2/#comment-16706</link>
		<dc:creator>Mariaje</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 13 Jun 2015 04:19:12 +0000</pubDate>
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		<description>&lt;p&gt;En todo este proceso de &quot;Tramitar una Herencia&quot; ¿hay alguna posibilidad de &quot;saltarse al Notario&quot; si los herederos están de acuerdo?.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;He leído que después de pagar la plusvalía al Ayuntamiento se puede ir al Catastro a modificar la participación, de manera que el siguiente paso sería pasar por el Registro.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;¿Eso es así?&lt;/p&gt;
</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>En todo este proceso de &#8220;Tramitar una Herencia&#8221; ¿hay alguna posibilidad de &#8220;saltarse al Notario&#8221; si los herederos están de acuerdo?.</p>

<p>He leído que después de pagar la plusvalía al Ayuntamiento se puede ir al Catastro a modificar la participación, de manera que el siguiente paso sería pasar por el Registro.</p>

<p>¿Eso es así?</p>
]]></content:encoded>
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	<item>
		<title>Por: J</title>
		<link>https://eltamiz.com/elcedazo/2010/08/09/entendiendo-la-herencia/comment-page-2/#comment-15474</link>
		<dc:creator>J</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 12 Mar 2015 19:47:28 +0000</pubDate>
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		<description>&lt;p&gt;Miguel Ángel,&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;como siempre decimos, consulta con un abogado especializado. Obviamente, sobre tus derechos no pueden decidir tus hermanos. Cuando tu madre muera, hay una parte, la legítima, que no puede quitarte ni aunque quiera (relee el artículo)... pero si &quot;lo que quede&quot; es suficiente para cubrir esa legítima, sí, podría darse la situación que temes. Pero consulta con un abogado, esto son desvaríos de un comentarista de un blog.&lt;/p&gt;
</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Miguel Ángel,</p>

<p>como siempre decimos, consulta con un abogado especializado. Obviamente, sobre tus derechos no pueden decidir tus hermanos. Cuando tu madre muera, hay una parte, la legítima, que no puede quitarte ni aunque quiera (relee el artículo)&#8230; pero si &#8220;lo que quede&#8221; es suficiente para cubrir esa legítima, sí, podría darse la situación que temes. Pero consulta con un abogado, esto son desvaríos de un comentarista de un blog.</p>
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	<item>
		<title>Por: Miguel Ángel</title>
		<link>https://eltamiz.com/elcedazo/2010/08/09/entendiendo-la-herencia/comment-page-2/#comment-15468</link>
		<dc:creator>Miguel Ángel</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 12 Mar 2015 00:24:37 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://eltamiz.com/elcedazo/?p=8454#comment-15468</guid>
		<description>&lt;p&gt;Hola, buenas noches. Antes de nada, felicitarte por el artículo (me ha despejado muchas dudas sobre conceptos). Pero, tengo una duda. Mi padre murió hace un mes. Estaba &quot;alejado&quot;, que no separado, de mi madre, su conyuge (es decir, estaban separados, pero no legalmente).
Somos cinco hermanos, y uno de ellos vivía con mi padre por haber estado en paro (y haber alquilado un piso que compró). No me voy a alargar..el caso es que éste hermano mio tiene intención de seguir viviendo en el piso de mi padre por muuchos años. Yo me niego a ésto, pues el piso de mi padre sería de los cinco hermanos, no de uno solo.
Mis hermanos tienen intención de delegar toda la herencia de mi padre en mi madre....y mi madre, aprueba que este hermano se quede en casa de mi padre de por vida si fuera necesario......Pero yo me pregunto: Si delegamos la herencia en mi madre: en un futuro, cuando muera mi madre, ¿que pasará con esa casa?...¿podria mi madre dejar esa casa completamente a mi hermano como herencia dejando al resto de los hermanos con &quot;lo que quede&quot;?
muchas gracias,de verdad.&lt;/p&gt;
</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola, buenas noches. Antes de nada, felicitarte por el artículo (me ha despejado muchas dudas sobre conceptos). Pero, tengo una duda. Mi padre murió hace un mes. Estaba &#8220;alejado&#8221;, que no separado, de mi madre, su conyuge (es decir, estaban separados, pero no legalmente).
Somos cinco hermanos, y uno de ellos vivía con mi padre por haber estado en paro (y haber alquilado un piso que compró). No me voy a alargar..el caso es que éste hermano mio tiene intención de seguir viviendo en el piso de mi padre por muuchos años. Yo me niego a ésto, pues el piso de mi padre sería de los cinco hermanos, no de uno solo.
Mis hermanos tienen intención de delegar toda la herencia de mi padre en mi madre&#8230;.y mi madre, aprueba que este hermano se quede en casa de mi padre de por vida si fuera necesario&#8230;&#8230;Pero yo me pregunto: Si delegamos la herencia en mi madre: en un futuro, cuando muera mi madre, ¿que pasará con esa casa?&#8230;¿podria mi madre dejar esa casa completamente a mi hermano como herencia dejando al resto de los hermanos con &#8220;lo que quede&#8221;?
muchas gracias,de verdad.</p>
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		<title>Por: Juan Pedro</title>
		<link>https://eltamiz.com/elcedazo/2010/08/09/entendiendo-la-herencia/comment-page-2/#comment-15103</link>
		<dc:creator>Juan Pedro</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 13 Jan 2015 06:29:52 +0000</pubDate>
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		<description>&lt;p&gt;Somos dos hermanos que, al fallecer nuestra hermana, queremos comprar a nuestros  sobrinos la tercera parte del piso que hace años heredamos de nuestros padres los tres hermanos. Esta tercera parte del piso les corresponde después de haber aceptado la herencia de su madre donde figura nuestro cuñado,el viudo, como usufructuario del tercio de mejora. Estamos de acuerdo con el precio de compraventa pero nuestro cuñado, el usufructuario, no quiere vender. Puede negarse?. Si esto fuera así, ¿qué solución habría para poder ejecutarse la compraventa?.
Muchas gracias. 13.01.2015&lt;/p&gt;
</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Somos dos hermanos que, al fallecer nuestra hermana, queremos comprar a nuestros  sobrinos la tercera parte del piso que hace años heredamos de nuestros padres los tres hermanos. Esta tercera parte del piso les corresponde después de haber aceptado la herencia de su madre donde figura nuestro cuñado,el viudo, como usufructuario del tercio de mejora. Estamos de acuerdo con el precio de compraventa pero nuestro cuñado, el usufructuario, no quiere vender. Puede negarse?. Si esto fuera así, ¿qué solución habría para poder ejecutarse la compraventa?.
Muchas gracias. 13.01.2015</p>
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		<title>Por: Macluskey</title>
		<link>https://eltamiz.com/elcedazo/2010/08/09/entendiendo-la-herencia/comment-page-2/#comment-15095</link>
		<dc:creator>Macluskey</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 12 Jan 2015 18:59:42 +0000</pubDate>
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		<description>&lt;p&gt;Queridos lectores:&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;Aunque lo dice J en el artículo y lo repite una y otra vez en los comentarios, no puedo por menos que insistir:&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;De verdad, &lt;strong&gt;BUSCAD UN ABOGADO&lt;/strong&gt; en lugar de buscar consejo en cualquier foro de internet. Ellos son especialistas en todos estos temas, los tratan todos los días, están al tanto de la legislación... &lt;strong&gt;¡es su trabajo!&lt;/strong&gt; Podéis usar internet, este estupendo artículo entre tantos, para instruiros, saber más o menos cómo funciona el asunto, haceros una idea...&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;Pero &lt;strong&gt;nunca, nunca os fiéis de ningún foro de internet para resolver temas legales de una cierta complejidad&lt;/strong&gt;. Será mejor para vosotros.&lt;/p&gt;
</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Queridos lectores:</p>

<p>Aunque lo dice J en el artículo y lo repite una y otra vez en los comentarios, no puedo por menos que insistir:</p>

<p>De verdad, <strong>BUSCAD UN ABOGADO</strong> en lugar de buscar consejo en cualquier foro de internet. Ellos son especialistas en todos estos temas, los tratan todos los días, están al tanto de la legislación&#8230; <strong>¡es su trabajo!</strong> Podéis usar internet, este estupendo artículo entre tantos, para instruiros, saber más o menos cómo funciona el asunto, haceros una idea&#8230;</p>

<p>Pero <strong>nunca, nunca os fiéis de ningún foro de internet para resolver temas legales de una cierta complejidad</strong>. Será mejor para vosotros.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: J</title>
		<link>https://eltamiz.com/elcedazo/2010/08/09/entendiendo-la-herencia/comment-page-2/#comment-15087</link>
		<dc:creator>J</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 12 Jan 2015 09:26:20 +0000</pubDate>
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		<description>&lt;p&gt;monica,&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;búscate un abogado especializado, porque parece que estás hablando de mucho dinero. Si tenías 6 años, no podías hacer nada, era responsabilidad de tu tutor (imagino que tu madre).&lt;/p&gt;
</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>monica,</p>

<p>búscate un abogado especializado, porque parece que estás hablando de mucho dinero. Si tenías 6 años, no podías hacer nada, era responsabilidad de tu tutor (imagino que tu madre).</p>
]]></content:encoded>
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